REPASO DEL MODULO 1: TEMA 1- EL
D. ADMINISTRATIVO: CUESTIONES
BASICAS (Edición final Dic 28-2019)
ADMINISTRACION
PUBLICA
RASGOS
Persona jurídico-pública que depende
directamente del Gobierno o poder ejecutivo
con capacidad jurídica de obrar y de obligarse,
cuenta con un patrimonio propio y puede ser
juzgada.
Jurisdicción propia para establecer
políticas públicas que velen por el
interés general y el bien común
Potestad de poder ejecutivo sobre actuación
ciudadana atribuída expresamente por el
ordenamiento jurídico que la somete a las leyes y
al control judicial
Mayor y más compleja organización en
sociedades contemporáneas
Presente en casi todas las actividades
de los ciudadanos
Administraciones Territoriales:
ESTADO, CCAA y EELL
Marco Jurídico regulador: Título IV
CE art. 97 al 107
SURGIMIENTO DEL DERECHO
ADMINISTRATIVO
HISTORIA
ESTADO LIBERAL
Racionalización y freno al
poder del monarca.
CARACTERISTICAS
Separación radical de poderes que
se establece como garantía de
libertad para los ciudadanos.
Reconocimiento de
derechos
inviolables:
LIBERTAD,
IGUALDAD Y
PROPIEDAD
Soberanía nacional o popular: la
soberanía recae en el pueblo como
fuente y origen de todos los
poderes.
PRINCIPIO DE LEGALIDAD:
Limitaciones establecidas por
la ley, no por normas del
gobierno
EDAD MEDIA A ESTADO
ABSOLUTO
S. XI - Estado feudal sin actividad pública pues
monarca ostenta los tres poderes sin interés por
el bien común
S. XVI y XVII - Aparición del Estado absoluto o
moderno en respuesta a enfrentamientos civiles y
políticos
Finales S. XVIII - Despotismo ilustrado "Todo para el
pueblo pero sin el pueblo" - Justificación del poder
absoluto para justificar intervención del Estado en
vida social y libertad de los ciudadanos
POTESTADES:
POLICIA - Prevención de
peligros con coacción
FOMENTO: Promoción de
libertad ciudadana
ESTADO CONTEMPORANEO, DE
BIENESTAR O PROVIDENCIA
La AP interviene en todas las áreas
de actuación ciudadana, área
socio-económica de los ciudadanos.
CARACTERISTICAS
Estado Social Democrático de
Derecho con garantía de
libertad, igualdad y pluralismo
político para los ciudadanos
Internvención en
relaciones laborales
Intervención en
la economía
Estado prestacional: Garantía
del bienestar ciudadaano
Permanencia y ampliación
de providencias y
ministeriors pero
descentralización estatal
en 17 CCAA, y 2 ciudades
autónomas (Ceuta y
Melilla)
NUEVAS ESTRUCTURAS
ORGANIZATIVAS
ADMON ESTATAL
Centro del poder civil del
Estado, autónomo, no
extensión del monarca
Ampliación de ámbito de aplicación y
número de funcionarios: estructura
ministeriral y provincialSurgimiento de
estructura mnisterial y provincial
ADMON LOCAL
Más poder a Admón
central
División en Municipios (ayuntamiento y
alcalde) y Provincias (diputaciones
provinciales y presidente de diputación)
Durante Estado Liberal, para
frenar poder ejecutivo del
absolutismo
FUNDAMENTOS
PRINCIPIO DE GARANTIA JUDICIAL: Poder
imparcial para aplicar el Derecho que
antes era ejercido por la AAPP
PRINCIPIO DE LEGALIDAD:
Principio fundamental del D.
Público encargado de asegurarse
que todas y cada una de las
acciones, decisiones y medidas
que se adopten desde la
Administración estén sometidas
a la ley
Potestad reglamentaria del poder
ejecutivo subordinada a la potestad
legislativa. La admón tiene su
actuación plenamente regulada. No
puede hacer lo que se le antoje.
PROCESO DE
JURIDIFICACION:
ORGANIZATIVO
Reconocimiento de la capacidad
jurídica y para obrar del Estado de
acuerdo con las leyes y normas
reglamentarias
FUNCIONAL
D. Administrativo tiene
propias técnicas jurídicas
como las del D. Civil
CARACTERISTICAS
(ACTUALIDAD)
PRIVILEGIOS
POTESTAD DE
AUTOTUTELA
DECLARATIVA
crear, modificar o
extinguir determinadas
situaciones jurídicas
PODER SANCIONADOR sin finalidad
recaudatoria y la PRERROGATIVA DE GRACIA
que constituyen la naturaleza cuasijudicial de
las AAPP
Prerrogativa de Gracia -
Perdón individualizado
de la pena o sanción
POTESTAD DE
AUTOTUTELA EJECUTIVA
ejercer por si misma los
actos sin tener que
acudir a los tribunales.
POTESTAD REGLAMENTARIA
potestad de dictar
normas
PROTECCION DE SUS BIENES CONTRA
POSESION, CON INEMBARGABILIDAD,
INIALENABILIDAD E
IMPRESCRIPTIBILIDAD
LIMITACIONES
RESPONSABILIDAD OBJETIVA =
Justiciable = responsable por
daños causados a ciudadanos en
prestación de servicios públicos
Sometida a Ley 39/205 del Procedimiento
Administrativo Común de las AAPP; Ley
40/2015, de Régimen Jurídico del Sector
Público; y principios constitucionales de
Legalidad, Igualdad e Imparcialidad para
asegurar que procede legalmente en
protección de los derechos de los ciudadanos.
Sometimiento pleno a la ley
= principio de legalidad
Patrimonio propio
inalienable
Sometimiento a control
jurisdiccional =
contencioso-administrativo
Derecho estatutario porque es el propio
de las AAPP, con jurisdicción propia
(contencioso-administrativa)
Ordenamiento privilegiado o especial
porque las AAPP integran poder ejecutivo
con potestades para velar por el interés
general
RELEVANTE
PARA EL
EXAMEN
RASGOS
D. PUBLICO:
Tiene carácter imperativo pero no
dispositivo dirigido a los sujetos de
Derecho: AAPP o el Estado para regular
su organización y funcionamiento
D. SUSTANTIVO:
Regula relaciones
entre el Estado y los
particulares
D. GARANTIZADOR
Normas dirigidas al Estado para
que actúe en aras del interés
general y el bien común con los
recursos administrativos
Rama del Derecho que regula la
organización, funcionamiento y
actuaciones de la AP.