Art. 285.- La política fiscal tendrá como objetivos
específicos:
1. El financiamiento de servicios, inversión y bienes públicos.
2. La redistribución del ingreso por medio de transferencias, tributos y
subsidios adecuados.
3. La generación de incentivos para la inversión en los
diferentes sectores de la economía y para la
producción de bienes y servicios, socialmente
deseables y ambientalmente aceptables.