El acto administrativo será efi
caz una vez notifi cado al
administrado.
Extinción
1. Razones de legitimidad. 2.
Revocatoria. 3. Cumplimiento. 4.
Caducidad. 5. Ejecución de los derechos.
Nulidad
1. Sea contrario a la Constitución y a la ley. 2.
Viole los fi nes para los que el ordenamiento
jurídico ha otorgado la competencia al
órgano o entidad que lo expide. 3. Se dictó sin
competencia por razón de la materia,
territorio o tiempo. 4. Se dictó fuera del
tiempo para ejercer la competencia, siempre
que el acto sea gravoso para el interesado. 5.
Determine actuaciones imposibles. 6. Resulte
contrario al acto administrativo presunto
cuando se haya producido el silencio
administrativo positivo, de conformidad con
este Código.
Revocatoriade los
actos favorablesa
Revocatoria de los actos desfavorables
ACTO DE SIMPLE ADMINISTRACIÓN
CONTRATO ADMINISTRATIVO
HECHO ADMINISTRATIVO
ACTO NORMATIVO CARÁCTER
ADMINISTRATIVO
PROHIBICIONES
1. Restringir los derechos y garantías constitucionales. 2. Regular materias reservadas a la ley. 3.
Solicitar requisitos adicionales para el ejercicio de derechos y garantías distintos a los previstos en la
ley. 4. Regular materias asignadas a la competencia de otras administraciones. 5. Delegar la
competencia normativa de carácter administrativo. 6. Emitir actos normativos de carácter
administrativo sin competencia legal o constitucional