Establecer criterios obligatorios en la
elaboración, integración, uso, manejo,
archivo, conservación, propiedad,
titularidad y confidencialidad del
expediente clínico.
Campo de aplicación
Para el personal del área de
la salud y los
establecimientos
prestadores de servicios de
atención médica
Integración del expediente clínico
Existe el expediente
clínico solicitado
Tiene un número
único de
identificación
Documentos
secuenciales
ordenados y
completos
Escrito con letra legible en
el lenguaje técnico medico
Sin tachaduras
ni
enmendaduras
Se anexa:
Verificación de
intervenciones
quirúrgicas
Historia clínica
Notas médicas
de evolución, referencia/traslado, interconsulta,
preoperatoria, pre anestéstesica, post operatoria,
post anestésica, nota de egreso.
Hoja de enfermería
Servicios auxiliares
Propiedad
De la institución o del
prestador de servicios
médicos que los genera.
Unicamente podrán ser proporcionados a
terceros cuando medie la solicitud escrita del
paciente, el tutor, representante legal.
Uso
Investigación
Evaluación
Administrativo
Enseñanza
Estadístico
Manejo
Médico
Pasantes
Enfermeros
Conservación
Mínimo 5 años
Depende de la institución
Confidencialidad
La información contenida en el expediente clínico
será manejada con discreción, por todo el
personal del establecimiento de la atención
medica
Sólo será dada a conocer a las autoridades
judiciales, procuraduría de justicia y
autoridades administrativas.
Archivo
Archivo clínico
No deben estar juntos, pero
su comunicación debe ser
práctica