Es una herramienta tecnológica que permite a los profesionales de la salud
reportar la prescripción de tecnologías en salud no financiadas con recursos
de la UPC o servicios complementarios
Sirve para:
Facilitar la adaptación a la nueva aplicación por parte de los profesionales,
habrá un periodo de transición de tres meses a partir del primero de
septiembre del 2016, en el que funcionarán simultáneamente el aplicativo y
los comités técnico científicos (CTC).
Incluye
Régimen contributivo
Régimen subsidiado
Objetivos
Facilita el acceso a los servicios y tecnologías que no se
encuentran incluidos en el plan de beneficios. Por
tanto, el profesional de la salud los prescribe
directamente sin necesidad de aprobación por parte
del Comité Técnico Científico (CTC).
Es obligación de la EPS informar de manera oportuna, clara y en un tiempo
razonable el lugar donde realizará el suministro del servicio o tecnología no
incluido en el plan de beneficios que haya sido prescrito por el profesional de la
salud.
La EPS debe realizar la entrega oportuna de los medicamentos y servicios prescritos en los
tiempos establecidos por la Resolución 3951 de 2016
El ministerio de salud y protección social no interviene en el proceso de prescripción,
autoriza o entrega de los servicios y tecnologías no incluidos en el plan de beneficios, razón
por la cual no emite autorizaciones. En este sentido, no es dable que las EPS, IPS y
operadores soliciten avales o verificaciones del ministerio.
Las IPS deben cumplir los términos en los que se deben efectuar las juntas
de profesionales de la salud, que no deben superar los 5 días hábiles
siguientes a la solicitud del profesional de la salud. Las juntas únicamente
operan cuando se trate de soporte nutricional, servicios complementarios
y medicamentos incluidos en los listados UNIRS y el conformado con los
reportes de las Sociedades Científicas. En los demás casos no media
ninguna aprobación o autorización.
¿Cómo funciona?
Es un aplicativo en la web propiedad del Ministerio de Salud y Protección Social. Allí deben acceder
acceder todos los profesionales de la salud que pretendan prescribir no POS. Cada profesional en su
consultorio puede acceder a él y hacer la prescripción en el marco de la consulta médica, siempre y
cuando haga parte de la red de prestadores de servicios contratada por la EPS, y que el paciente que
esté atendiendo sea del asegurador para el cual presta sus servicios.
¿Quiénes pueden realizar la prescripción en el aplicativo?
Los médicos, odontólogos, optómetras y nutricionistas (en el ámbito
hospitalario) tratantes que se encuentren inscritos en el aplicativo
MIPRES del Ministerio y la EPS.