Consiste en establecer las normas
generales para la elaboración y
presentación de los estados financieros
consolidados o combinados, así como para
las revelaciones que acompañan a dichos
estados financieros.
2. ALCANCE
Es aplicable a todo tipo de entidades
que emitan estados financieros en los
términos establecidos por la NIF A-3,
Necesidades de los usuarios y objetivos
de los estados financieros.
3. DEFINICIONES
A) AFILIADAS: son aquellas entidades
que tienen dueños comunes.
B) CONTROL: es el poder de decidir las políticas
financieras y de operación de una entidad, con el
fin de obtener beneficios de sus actividades
C) CONTROLDORA: es aquella entidad
que controla a una o más subsidiarias
D) ESTADOS FINANCIEROS COMBINADOS: son aquellos
estados financieros que presentan, en conjunto, la
situación financiera, los resultados, las variaciones en el
capital contable y los flujos de efectivo de entidades
afiliadas.
E) ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS: son aquellos estados financieros que
presentan la situación financiera, los resultados, las variaciones en el capital
contable y los flujos de efectivo, en forma consolidada de una entidad económica
conformada por la entidad controladora y sus subsidiarias.
4. REQUISITOS PARA LA CONSOLIDACIÓN
a)Una controladora debe elaborar estados
financieros consolidados utilizando políticas
contables uniformes para transacciones y
otros sucesos.
b) Realizar los ajustes necesarios en los estados
financieros consolidados para cumplir con el
postulado básico de consistencia.
c) Sus estados financieros deben
convertirse a la moneda de informe
establecida por la controladora,
antes de su consolidación.
d) Los estados financieros de la subsidiaria
deben estar referidos a la misma fecha y al
mismo período que los de la controladora.
e) Las subsidiarias que dejaron de ser
controladas, la consolidación solo debe
abarcar operaciones por el período durante
el cual tuvieron esa calidad.
5. PROCEDIMIENTO DE LA CONSOLIDACIÓN
Consiste en integrar los estados financieros de las
subsidiarias a los de la controladora, integrar en los estados
financieros consolidados ajustes a los netos de las
subsidiarias en su adquisición, eliminar las inversiones
permanentes en subsidiarias, los efectos de las operaciones
y saldos intercompañias, determinar la participación no
controladora y presentar estados financieros consolidados.
6. ELIMINACIÓN DE OPERACIONES INTERCOMPAÑÍAS
En el proceso de consolidación deben eliminarse de los estados
financieros consolidados todos los efectos reconocidos de las
operaciones Intercompañías del periodo, así como de periodos
anteriores, considerando, en cualquier caso, los efectos no devengados
en resultados.
7. ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS COMPARATIVOS
Señala la NIF B-8 que en los casos en que durante el
periodo haya cambiado la conformación de la entidad
económica que se consolida ya sea porque se
adquirieron nuevas subsidiarias o se perdió el control
sobre otras, este cambio contable debe aplicarse en
forma prospectiva con base en la NIF B-1, Cambios
contables y correcciones de errores.
8. ESTADOS FINANCIEROS NO CONSOLIDADOS
Cuando la controladora decida no presentar estados
financieros consolidados debe presentar estados
financieros no consolidados de conformidad con lo
establecido en esta NIF.
9. ESTADOS FINANCIEROS COMINADOS
La NIF B-8 permite presentar estados
financieros combinados que sólo agrupen a
entidades que pertenezcan a un sector
económico o gremio industrial, y también en
los casos en que dichas entidades cumplan
con la característica de ser afiliadas.
10. NORMAS DE REVELACIÓN
Tienen la función de revelar toda la información material que
sea necesaria para hacer claros y comprensibles los estados
financieros. Los estados financieros revelarán, mediante
notas explicativas, la información significativa y necesaria
para asegurar su debida comprensión por parte de los
usuarios.