NIF B-8

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Materia: Estudio de los Recursos Financieros Nombre: Rosario Guadalupe Castillo Medina Matrícula: 52031
Rosario Castillo
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NIF B-8
  1. 1. OBJETIVO
    1. Consiste en establecer las normas generales para la elaboración y presentación de los estados financieros consolidados o combinados, así como para las revelaciones que acompañan a dichos estados financieros.
    2. 2. ALCANCE
      1. Es aplicable a todo tipo de entidades que emitan estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.
      2. 3. DEFINICIONES
        1. A) AFILIADAS: son aquellas entidades que tienen dueños comunes.
          1. B) CONTROL: es el poder de decidir las políticas financieras y de operación de una entidad, con el fin de obtener beneficios de sus actividades
            1. C) CONTROLDORA: es aquella entidad que controla a una o más subsidiarias
              1. D) ESTADOS FINANCIEROS COMBINADOS: son aquellos estados financieros que presentan, en conjunto, la situación financiera, los resultados, las variaciones en el capital contable y los flujos de efectivo de entidades afiliadas.
                1. E) ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS: son aquellos estados financieros que presentan la situación financiera, los resultados, las variaciones en el capital contable y los flujos de efectivo, en forma consolidada de una entidad económica conformada por la entidad controladora y sus subsidiarias.
                2. 4. REQUISITOS PARA LA CONSOLIDACIÓN
                  1. a)Una controladora debe elaborar estados financieros consolidados utilizando políticas contables uniformes para transacciones y otros sucesos.
                    1. b) Realizar los ajustes necesarios en los estados financieros consolidados para cumplir con el postulado básico de consistencia.
                      1. c) Sus estados financieros deben convertirse a la moneda de informe establecida por la controladora, antes de su consolidación.
                        1. d) Los estados financieros de la subsidiaria deben estar referidos a la misma fecha y al mismo período que los de la controladora.
                          1. e) Las subsidiarias que dejaron de ser controladas, la consolidación solo debe abarcar operaciones por el período durante el cual tuvieron esa calidad.
                          2. 5. PROCEDIMIENTO DE LA CONSOLIDACIÓN
                            1. Consiste en integrar los estados financieros de las subsidiarias a los de la controladora, integrar en los estados financieros consolidados ajustes a los netos de las subsidiarias en su adquisición, eliminar las inversiones permanentes en subsidiarias, los efectos de las operaciones y saldos intercompañias, determinar la participación no controladora y presentar estados financieros consolidados.
                            2. 6. ELIMINACIÓN DE OPERACIONES INTERCOMPAÑÍAS
                              1. En el proceso de consolidación deben eliminarse de los estados financieros consolidados todos los efectos reconocidos de las operaciones Intercompañías del periodo, así como de periodos anteriores, considerando, en cualquier caso, los efectos no devengados en resultados.
                              2. 7. ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS COMPARATIVOS
                                1. Señala la NIF B-8 que en los casos en que durante el periodo haya cambiado la conformación de la entidad económica que se consolida ya sea porque se adquirieron nuevas subsidiarias o se perdió el control sobre otras, este cambio contable debe aplicarse en forma prospectiva con base en la NIF B-1, Cambios contables y correcciones de errores.
                                2. 8. ESTADOS FINANCIEROS NO CONSOLIDADOS
                                  1. Cuando la controladora decida no presentar estados financieros consolidados debe presentar estados financieros no consolidados de conformidad con lo establecido en esta NIF.
                                  2. 9. ESTADOS FINANCIEROS COMINADOS
                                    1. La NIF B-8 permite presentar estados financieros combinados que sólo agrupen a entidades que pertenezcan a un sector económico o gremio industrial, y también en los casos en que dichas entidades cumplan con la característica de ser afiliadas.
                                    2. 10. NORMAS DE REVELACIÓN
                                      1. Tienen la función de revelar toda la información material que sea necesaria para hacer claros y comprensibles los estados financieros. Los estados financieros revelarán, mediante notas explicativas, la información significativa y necesaria para asegurar su debida comprensión por parte de los usuarios.
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