Es el ente público acreedor del tributo, es decir, el Estado y lo
recauda a través del Servicio de Rentas Internas definido en el Art.
23 del código tributario.
FUNCIÓN: Es la recaudación de impuestos
2.- Sujeto pasivo
(deudor): el
contribuyente
Es la persona natural o
jurídica que, según la ley,
está obligada el
cumplimiento de la
prestación tributaria, sea
como contribuyente o
como responsable según el
código tributario Art. 24”
(CONGRESO NACIONAL,
2005).
FUNCIÓN: tiene a su cargo el cumplimiento
de las obligaciones fiscales y así la
contribución al gasto público.
3.- Responsables
Es la persona que sin tener el carácter de contribuyente,
debe cumplir las obligaciones tributarias atribuidas a
este por disposición de la ley
Existe responsabilidad solidaria entre el contribuyente y
el responsable, por lo que, si se incumpliera con la
obligación el sujeto activo puede intentar acciones en
contra de éste. (BENAVIDEZ, 2003)
Existen 3 casos:
1.- Por representación
los cuales son
representantes legales
de menores de edad,
además de directivos,
gerentes, presidentes o
representantes legales
de personas jurídicas.
2.- Por adquirientes
de bienes raíces, los
donatarios o
herederos.