El término impuesto a las
ganancias incluye todos los
impuestos, nacionales y
extranjeros, que estén
basados en ganancias
fiscales.
RECONOCIMIENTO Y
MEDICIÓN DE IMPUESTOS
CORRIENTES
Una entidad reconocerá un pasivo por
impuestos corrientes por el impuesto a
pagar por las ganancias fiscales del
periodo actual y periodos anteriores.
Una entidad reconocerá un activo por
impuestos corrientes por los beneficios
de una pérdida fiscal que pueda ser
aplicada para recuperar el impuesto
pagado en un periodo anterior.
RECONOCIMIENTO DE
IMPUESTOS DIFERIDOS
Es inherente al reconocimiento de un
activo o un pasivo que la entidad que
informa espere recuperar o cancelar el
importe en libros de ese activo o pasivo
respectivamente.
MEDICIÓN DEL
IMPUESTO DIFERIDO
Una entidad medirá un pasivo (o activo)
por impuestos diferidos usando las
tasas impositivas y la legislación fiscal
que hayan sido aprobadas,.
COMPENSACIÓN
Una entidad compensará los activos y
pasivos por impuestos corrientes, o los
activos y pasivos por impuestos diferidos, si
solo se tiene el derecho , exigible
legalmente de compensar los importes.
INFORMACIÓN A
REVELAR
Una entidad revelará información que permita a los
usuarios de sus estados financieros evaluar la
naturaleza y el efecto financiero de las
consecuencias de los impuestos corrientes y
diferidos de transacciones y otros eventos
reconocidos.