Se aplica a la contabilización de negocios
conjuntos en los estados financieros
consolidados y en los estados financieros de
un inversor que, no siendo una
controladora, tiene participación en uno o
más negocios conjuntos.
NEGOCIO
CONJUNTO
Es un acuerdo contractual
mediante el cual dos o más
partes emprenden una
actividad económica que se
somete a control conjunto.
MEDICIÓN - ELECCIÓN
DE POLÍTICA
CONTABLE
Un participante contabilizará todas
sus participaciones en entidades
controladoras de forma conjunta
utilizando el modelo de costo,
método de la participación y modelo
del valor razonable.
MODELO DEL
COSTO
Un inversor medirá sus inversiones en
entidades controladas de forma
conjunta, distinta de aquellas para las
que haya un precio de cotización
publicado al costo menos las pérdidas
por deterioro del valor acumulado.
MÉTODO DE LA
PARTICIPACIÓN
Un inversor medirá sus
inversiones en entidades
controladas de forma
conjunta por el método de la
participación.
MODELO DEL
VALOR
RAZONABLE
Un participante en un negocio
conjunto medirá sus inversiones en
entidades controladas de forma
conjunta al valor razonable, con los
cambios en el valor razonable
reconocidos en los resultados.
TRANSACCIONES ENTRE
UNA PARTICIPANTE Y
UN NEGOCIO CONJUNTO
Cuando un participante aporte o
venda activos al negocio
conjunto, el reconocimiento de
cualquier porción de ganancias o
pérdidas procedentes de la
transacción, reflejará la esencia
económica de ésta.