El expediente clínico es un instrumento de gran relevancia para la materialización del derecho a la protección de
salud
Esta norma ratifica la importancia de que la autoridad sanitaria garantice manifestación de la voluntad
del paciente ha ser atendido
Recebando: consentimiento, previa información de explicación de riesgos posibles y beneficios La intervención
del dr. se verá reflejada en las notas médicas..
OBJETIVO
esta norma establece los criterios científicos, éticos, tecnológicos y administrativos
obligatorios en la elaboración, integración, uso, manejo, archivo, conservación, propiedad,
titularidad y confidencialidad del expediente clínico.
CAMPO DE APLICACIÓN
personal de salud ⁃ Establecimientos prestadores de servicios
públicos, sociales y privados.
DATOS GENERALES
tipo ⁃ Nombre ⁃ Domicilio del
establecimiento ⁃ Nombre, sexo, edad,
domicilio del paciente. ⁃ Los expedientes
son propiedad del prestador de servicio del
paciente tiene la titularidad sobre la
información para la protección de su salud
⁃ Se deben conservar 5 años ⁃ Puede ser
utilizado para fines de literatura, docencia,
investigación y fotos con previa
autorización ⁃ Se guarda el secreto
profesional (autorización del paciente)
Son autoridades competentes para solicitar
expedientes clínicos, las autoridades judiciales,
órganos de procuración de justicia y autoridades
administrativas ⁃ Toda las notas médicas y reportes
deberán tener, fecha, hora y nombre de quien es
labora y firma ⁃ Notas en lenguaje técnico- medico,
sin abreviaturas, con letra legible, sin palabras
enmendaduras ni tachaduras y conservándose en
buen estado.
DEL EXPEDIENTE CLÍNICO EN CONSULTA GENERAL Y DE ESPECIALIDAD
DEBE CONTENER
historía clínica. (Interrogatorio exploración física, resultados previos y actuales d estudios de
laboratorio, gabinete, diagnósticos, pronósticos, indicaciones terapéuticas.
⁃ Nota de evolución (evaluación y actualización del cuadro clínico, signos vitales, estudios, resultados de
servicios auxiliares, diagnostico, pronostico.
Nota de traslado (establecimiento que envía, que recién, resumen clínico, motivo de envió, etc.)
Nota de interconsulta (criterios de diagnósticos, plan de estudios, sugerencia diagnostica y
estudios)