INFRACCIONES ADUANERAS DE LOS DECLARANTES AUTORIZADOS, RECONOCIDOS O
INSCRITOS
DE LAS AGENCIAS DE ADUANAS
GRAVISIMAS: *Haber obtenido la autorización como agencia de aduanas por medios
irregulares. * Prestar sus servicios a personas jurídicas inexistentes. * Prestar sus
servicios a operaciones no autorizadas * No cancelar la totalidad de tributos
aduaneros * Desarrollar actividades estando en vigencia una sanción o suspensión *
Haber obtenido la autorización de embargue utilizando medios fraudulentos. GRAVES:
*No cumplir con los requerimientos necesarios para el conocimiento del cliente. *
Ejercer la actividad sin el requisito de patrimonio líquido exigido. * No contar con la
página web que tenga información mínima.*Utilizar un código diferente al asignado a la
agencia de aduanas. *Incumplir con sus obligaciones laborales con sus empleados.
*Involucrar a su mandate en infracciones administrativas LEVES: No expedir a sus
agentes de aduanas y auxiliares los carnes que los identifican. * No informar la
desvinculación de alguna persona que se encuentre inscrita. * No mantener perm
DE LOS USUARIOS ADUANEROS PERMANENTES
GRAVISIMAS: *Haber obtenido la inscripción de forma irregular *Iniciar actividades antes de
la aprobación de la garantía requerida por las disposiciones legales. GRAVES:: *No contar
con los equipos necesarios para recibir y presentar la documentación aduanera- * No
exporta los bienes resultantes del procesamiento industrial ( art 185 inciso 1). LEVES: *No
expedir los carnes que identifican a sus representantes y auxiliares. *No informar dentro
de los tres días hábiles la desvinculación de una de las personas inscrita. *Usar un código
de registro diferente al asignado.
INFRACCIONES ADUANERAS DE LOS USUARIOS DE LAS ZONAS PERMANENTES Y
TRANSITORIAS
INFRACCIONES ADUANERAS DE LOS USUARIOS OPERADORES DE LAS ZONAS
FRANCAS Y SANCIONES APLICABLES
GRAVISIMAS:: *Obtener por medios irregulares su autorización como Usuario Operador
de zona franca. * Simular operaciones de comercio exterior. * Cambiar o sustraer
mercancías que se encuentren en sus instalaciones. *Permitir la salida de las
mercancías al interior del país sin los requisitos. GRAVES *Permitir el ingreso me
mercancías cuyos documentos no sean endosados. *Permitir el ingreso me
mercancías de libre disposición o con disposición restringida sin el cumplimiento de os
requisitos exigidos.* Permitir la salida de mercancías al exterior sin los requisitos.
LEVES: *No disponer de las áreas necesarias para realizar la inspección física de las
mercancías y demás actuaciones aduaneras. * Impedir u obstaculizarla práctica de las
diligencias ordenadas por la Dirección de Aduanas.
INFRACCIONES ADUANERAS DE LOS USUARIOS INDUSTRIALES DE BIENES,
INDUSTRIALES DE SERVICIO Y USUARIOS COMERCIALES DE LAS ZONAS FRANCAS
PERMANENTES Y SANCIONABLES APLICABLES.
GRAVISIMAS: *No declarar en importación ordinaria los residuos y desperdicios con
valor comercial. *Cambiar o sustraer mercancías que se encuentren en sus
instalaciones. *Permitir la salida de mercancías sin el cumplimiento de los requisitos.
*Actuar sin autorización del superior. GRAVES: *Desarrollas operaciones diferentes a
aquellas que fue calificado. *Permitir el ingreso a sus instalaciones de los bienes que
no hayan sido endosados en el documento de transporte. Suministrar información
inexacta para expedir certificados. *No informar al dueño de la mercancía a más
tardar al día siguiente por la pérdida o hurto de la mercancía. LEVES: No disponer de
las áreas necesarias para realizar la inspección física de las mercancías y demás
actuaciones aduaneras. *No permitir el reconocimiento físico de las mercancías. *No
mantener claramente identificados los grupos de mercancías.
INFRACCIONES ADUANERAS DE LOS DEPOSITOS
DEPOSITOS PUBLICOS Y PRIVADOS
GRAVISIMAS: *Almacenar mercancías bajo control aduanero en un área diferente a la
habilitada. *Entregar mercancías sobre las cuales no se haya autorizado su levante y
no se hayan cancelado los tributos aduaneros. ¨Cambiar o sustraer mercancías que
se encuentren bajo el control aduanero. GRAVES: *Almacenar mercancías que vengan
destinadas a otro deposito en el documento de transporte. *Utilizar el área habilitada
de almacenamiento para fines diferentes a los contemplados * No custodiar
debidamente las mercancías en proceso de importación o exportación. LEVES : No
disponer de las áreas necesarias para realizar la inspección física de las mercancías
y demás actuaciones aduaneras. *No permitir el reconocimiento físico de las
mercancías. *No mantener claramente identificados los grupos de mercancías.
INFRACCIONES ADUANERAS DE LOS TITULARES DE PUERTOS Y MUELLES DE
SERVICIO PÚBLICO Y PRIVADO
GRAVISIMAS:*Iniciar actividades antes de la aprobación de la garantía requerida por las
disposiciones legales, cuando ella hubiere lugar. No constituir las garantías bancarias o
de compañías de seguros para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones. GRAVES:
. *No cumplir con los requerimientos de infraestructura física. *No contar con los
equipos de cómputo para la comunicación. * No cumplir con las medidas y
procedimientos establecidos para asegurar el control y la vigilancia de las mercancías
dentro de sus instalaciones.
INFRACCIONES ADUANERAS RELATIVAS AL USO DEL SISTEMA INFORMATICO
ADUANERO
GRAVISIMAS: *Operar el sistema informativo
encontrándole suspendida la autorización. *
Utilizar el sistema informático aduanero sin
cumplir por los requisitos previstos por la
autoridad aduanera. *Hacer, bajo cualquier
circunstancia uso indebido del sistema
informático. GRAVE: *Operar el sistema
informático aduanero incumpliendo los
procedimientos e instrucciones establecidos
por la Aduana.
INFRACCIONES ADUANERAS DE LOS INTERMEDARIOS DE LA MODALIDAD DE
TREFICO POSTAL Y ENVIOS URGENTES.
GRAVESIMAS: *Iniciar actividades antes de la aprobación de la
garantía requerida por las disposiciones legales GRAVES:
*Llevar al lugar habilitado como depósito de las mercancías
diferentes a las introducidas bajo esta modalidad. *No llevar
un registro de control de mercancías recibidas y entregadas.
DEFINICION
Establece las infracciones administrativas aduaneras en que pueden incurrir los
sujetos responsables de sus obligaciones.