Publico de
naturaleza
privada.Esta rama
juridica tiene sus
propias bases
oganicas.
Se relaciona con .El derecho
constitucional,
administrativo,derecho civil y
mercantil, derecho del
trabajo, fiscal y penal.
El articulo 27
constitucional es la
base del derecho
agrario mexicano.
En Mexico se
encuentra plasmado
en la constitucion
1917 como una ley
fundamental que
consagra las normas
generales de derecho
agrario.
De caracter
administrativo
DERECHO
CIVIL.SU
RELACION
SE FINCA EN
3 CLASES DE
DISPOSICIONES.
De orden
meramente
civil aplicable
a sujetos y
objetos
agrarios.
Disposiciones
civiles con
aplicacion
parcial en el
ambito
agrario.
Disposiciones
civiles de
contenido
totalmente
agrario
DERECHO
MERCANTIL.La relacion
con el derecho laboral
es clara al regular una
serie de operaciones
que realiza el
productor agraio tales
como creditos, compra
venta, industralizacion
de productos
agropecuarios etc.
DERECHO DEL
TRABAJO O
DERECHO LABORAL.
Es el que regula las
operaciones entre el
peon y el patron
establesidas en el
articulo123 de la
constitucion que
regulan y etablesen
las normas del
trabajo en el campo.
DERECHO FISCAL.Se aplica
a los bienes agrarios a la
empresa agricola y a los
contratos en esta rama la
politica financiera busca
ser equitativa cobrando
mas a quien mas gana y
tratando de beneficiar con
programas a quiene mas lo
necesitan.
Establece
principios de
esepcion al
aplicarse en el
ambito
agrario.
Impone
modificaciones.
DERECHO PENAL.Estipulado en el capitulo de delitos
faltas y sanciones de la ley federal de reforma agraria.
conjunto de normas dictadas para proteger la
agricultura.
AUTORIDADES AGRARIAS
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
GOBERNADORES,JEFE DEL
DEPARTAMENTO DEL
DF,SECRETARIA DE LA REFORMA
AGRARIA, AGRICULTURA Y
RECURSOS HIDRAULICOS, CUERPO
CONSULTIVO AGRARIO Y
COMICIONES AGRARIAS MIXTAS.
ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL,
menciona a los comites
particulares ejecutivos,
comisariados y delegados
agrarios quienes tambien
aplican disposiciones agrarias.
EL DERECHO DE LA
PROPIEDAD PERMITIO
AL ESTADO IMPONER
A LA PROPIEDAD
PRIVADA Y A LA
SOCIAL LIMITACIONES
Y DEBERES.
LA TIERRA TIENE UNA
FUNCION SOCIAL,COMO
ELEMENTO EQUILIBRADOR DE
LA RIQUEZA PUBLICA.
Esta establesido como principio basico,
solido e inalterable que sobre los
derechos individuales a la
propiedad,estuvieran los derechos
superiores de la sociedad representada
por el estado.