DERECHO

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GUIA DE EXAMEN DERECHO UABC
alondra.cota
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Resumo de Recurso

Questão Responda
DERECHO Conjunto de normas heteronomas, bilaterales, coercibles y externas que que regulan la conducta humana en su interferencia intersubjetiva.
TIPOS DE NORMAS Y SUS CONSECUENCIAS Sociales: Rechazo social Morales: Sentirse mal con uno mismo Religiosas: "Castigo divino" Juridicas: Cárcel
Que significa "Heteronomia" Hete/(Ajeno) nomia/(normas)
BILATERALES Son derechos y obligaciones por igual.
EXTERNAS Tienen consecuencias juridicas
INTERNAS No tienen consecuencias
COERCIBLES Existe un medio moral
INCOERCIBLES No nos pueden obligar a cumplirlas
CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS
DERECHO SUBJETIVO Facultad de una persona para exigir a otra el derecho de una obligación
DERECHO VIGENTE Es el conjunto de normas de determinado territorio y tiempo que se consideran aplicables
DERECHO POSITIVO Conjunto de normas de determinado lugar y tiempo que son consideradas aceptadas por la población
DERECHO NATURAL Conjunto de normas que provienen de la naturaleza del hombre y son aceptadas universalmente.
FUENTES REALES Son el porque de las leyes basadas en los acontecimientos de la sociedad que provocan la creación de normas juridicas
FUENTES HISTORICAS Documentos de tipo legal que ya estuvieron en vigor y sirven de referencia para la creación de nuevas normas juridicas
FUENTES FORMALES Procedimientos establecidos en la ley mediante los cuales se crean las normas juridicas
PROCESO LEGISLATIVO Iniciación Discusión Aprobación Sanción Promulgación Publicación Iniciación de la vigencia
PROMULGACIÓN Es el reconocimiento que da el ejecutivo de que se hayan cumplido con todos los requisitos de las leyes
PUBLICACIÓN Es cuando se publica pero no es ley
¿Cuales son las fuentes formales? Legislación Costumbre Jurisprudencia Doctrina
LEGISLACION Pleno Comisiones Discusión Votación Aprobación
LEYES FEDERALES Aplican para todo el país
LEYES ESTATALES Aplican en la entidad federativa por los congresos de los estados
¿Como se divide el poder judicial?
JURISPRUDENCIA Interpretación que hacen los órganos del estado facultados para ello de algún precepto de la ley y se forma con 5 ejecutorias emitidas en el mismo sentido y no interrumpidos por otra en contrario
COSTUMBRE Aquellos usos reiterados y constantes que se dan dentro de una sociedad y que provocan la creación de normas juridicas
DOCTRINA Aquellos estudios de carácter científico que son elaborados por personas que se dedican a estudiar el derecho y que nos van a servir de referencia para la creación de normas juridicas
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO Se definen como aquellas reglas no escritas en base a las cuales un juzgador debe emitir sus resoluciones
DEROGAR Suprimir parcialmente una ley
ABROGAR Suprimir totalmente una ley
REFORMAR Cambiar o modificar en sentido de la ley
CONSTITUCIONAL Normas juridicas que indican la forma en que esta constituido el estado
ADMINISTRATIVO Regula la forma en que esta integrado el poder ejecutivo
PENAL Conjunto de normas juridicas mediante las cuales el estado define los delitos y determina las penas aplicables a los delincuentes
FINANCIERO Conjunto de normas juridicas que regulan la actividad financiera del estado en sus tres momentos que son: obtención de recursos, adm de recursos y la erogación de recursos
PROCESAL Conjunto de disposiciones que indican la manera de hacer promociones ante los tribunales y la forma que estos deben seguir en la secuela de los procesos
CIVIL Reglamenta situaciones exclusivamente privadas en lo relativo a las personas, bienes, sucesiones , obligaciones y contratos.
MERCANTIL Se refiere a las actividades de todas las personas que hacenque hacen del comercio su operación habitual
SOCIAL Se considera en base al papel tutelar que el estado asume con respecto a los movimientos obrero y campesino
DEL TRABAJO Determina las relaciones juridicas como la prestación de servicios entre trabajador y patron
AGRARIO Se ocupa de la dotación y restitución de ejidos y parcelas a pueblos y campesinos
COPULA "DEBE SER" Unión entre el supuesto juridico y las consecuencias de derecho
HIPOTESIS Normativa de cuya realización depende que se creen consecuencias juridicas
ELEMENTOS DEL SUPUESTO JURIDICO Hecho juridico Acto juridico Estado juridico
HECHO JURIDICO Actos del hombre o naturaleza que se realizan SIN la intención de producir consecuencias de derecho
ACTO JURIDICO Actos del hombre que se realizan CON la intención de producir consecuencias
ESTADO JURIDICO Situaciones que se dan por la naturaleza propia del hombre y que producen consecuencias
SUJETOS DE DERECHO Personas fisicas y morales
ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS MORALES Nacionalidad Denominacion o razon social Domicilio Patrimonio Capacidad
NACIONALIDAD (PERSONAS MORALES) Nacimiento Naturalización (Casamiento)
DENOMINACION O RAZON SOCIAL (PERSONAS MORALES) Se forma de manera libre
DOMICILIO (PERSONAS MORALES) Lugar donde tienen el principal negocio (matriz)
CAPACIDAD (PERSONAS MORALES) Capacidad limitada a aquello que esta constituido con el objeto social
ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS FISICAS Nombre Domicilio Patrimonio Capacidad Estado civil Nacionalidad
NOMBRE (PERSONAS FISICAS) Nombre y apeidos
DOMICILIO (PERSONAS FISICAS) *Legal *Convencional- *Domicilio fiscal-* Domicilio procesal
PATRIMONIO (PERSONA FISICA) *Conjunto de bienes , derechos y obligaciones *Valoración economica
CAPACIDAD (PERSONA FISICA) *Goce *Ejercicio
ESTADO CIVIL Situación que una persona ante la sociedad y respecto de su familia
NACIONALIDAD Nacimiento Naturalizacion
CONVENIO Acuerdo de voluntades que tiene como finalidad crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y/u obligaciones.
CONTRATOS Acuerdo de voluntades que tiene como finalidad crear o transmitir derechos y/u obligaciones.
ELEMENTOS ESENCIALES DEL ACTO JURÍDICO Aquellos sin los cuales el acto jurídico no puede existir (en ese caso serían nulos totalmente).
Consentimiento. Acuerdo de voluntades a través del cual se manifiesta la conformidad en la celebración de un acto jurídico.
TACITO SIGNOS INEQUIVOCOS
EXPRESO Lo hacemos de manera oral o escrita
ESCRITO Cuando firmamos
OBJETO Motivo del contrato
ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL ACTO JURÍDICO Son ciertas características que deben llenar los elementos del acto para que éste produzca efectos. La falta de alguno de estos elementos provoca invalidez o nulidad relativamente. Se pueden convalidar.
Ausencia de vicios en el consentimiento. Cuando no se da consentimiento libremente.
Error Falsa apreciación de la verdad.
Dolo Engaño sobre cualidades de un bien.
Violencia Amenaza de la realización de un daño a una persona o a sus bienes o a la persona o bienes de un familiar cercano.
Física golpes, moral: amenaza verbal.
Mala fe Cuando una persona se aprovecha de la ignorancia, inexperiencia o extrema necesidad de otra persona.
Licitud en el objeto o motivo. Supone que los actos necesitan ser lícitos en todas sus manifestaciones para que el derecho los ampare y les dé consecuencias jurídicas.
Posible algo que existe en la naturaleza.
Lícito Que sea legal.
Capacidad de las partes para el ejercicio. Quienes celebran contrato deben tener capacidad de goce y ejercicio (+18).
Forma. Se refiere a cómo realizar los contratos.
Oral . De manera verbal.
Escrita Con firma, contrato
COMPRAVENTA La compraventa es el más usual de todos los contratos, y es la forma primordial de adquirir el dominio de un bien. El código civil lo define diciendo que habrá compraventa cuando uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho, y el otro a su vez se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero. Las partes se denominan vendedor y comprador.
ARRENDAMIENTO Se define como el contrato por medio del cual una de las partes se obliga a dar a otra, por cierto tiempo, y a cambio de un precio determinado, el uso o disfrute de un bien. Las partes en este contrato se denominan arrendador y arrendatario.
ARRENDAMIENTO FINANCIERO Es un contrato por el cual una persona llamada arrendador financiero se obliga a adquirir bienes determinados cuyo uso y goce transmitirá a otra persona llamada arrendatario financiero, quien se obliga a pagar por ello un precio cierto y en dinero, pudiendo ejercer al finalizar el plazo del contrato algunas de las siguientes opciones: 1. Adquirir el bien arrendado en un precio menor al que originalmente se adquirió por el arrendador. 2. Prorrogar el contrato por un término igual al originalmente contratado pagando una renta menor a la primeramente pactada. 3. Devolver el bien arrendado al arrendador quien podrá darle el uso que considere. Las partes que intervienen en este contrato son el arrendador financiero y el arrendatario financiero.
COMODATO Es un contrato por virtud del cual uno de los contratantes se obliga a conceder gratuitamente el uso de una cosa no fungible (cosa que no puede ser intercambiada por otra, que es única) a otra persona, quien se obliga a restituirla individualmente. Las partes que intervienen reciben el nombre de comodante (propietario) y comodatario.
PERMUTA Es un contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa por otra. Las partes que participan en el contrato se denominan permutantes. Se considera como un antecedente de la compraventa y es llamado también popularmente como trueque. Es permuta cuando el valor de los bienes queda cubierto a través de un bien mueble o inmueble, pero si además de un bien mueble o inmueble se entrega dinero, entonces para que sea una permuta el importe en dinero debe ser menor del 50% del valor del bien entregado, ya que si lo que se entrega es dinero por el 50% o más del valor del otro bien, entonces se considerará como compraventa.
DONACIÓN Es un contrato por medio del cual una persona transfiere a otra, gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes. Las partes en este contrato reciben el nombre de donante y donatario.
MUTUO Es un contrato por el cual una persona se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles (cosas que pueden ser intercambiadas unas por otras) a otra persona, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad. El contrato puede ser mutuo simple o mutuo con interés. La diferencia es que el mutuo simple se devuelve como dice la definición “otro tanto de la misma especie y calidad”, en cambio en el mutuo con interés se autoriza a que sea devuelta una cantidad mayor, ya sea en dinero o en especie. Las partes en este contrato reciben el nombre de mutuante y mutuario.
FIDEICOMISO Es un contrato por el cual una persona llamada fideicomitente se obliga a transferir a otra llamada fiduciario la propiedad de bienes determinados, quien los administrará en beneficio de una tercera persona llamada fideicomisario. Las partes que intervienen son el fideicomitente que es el que aporta los bienes al fideicomiso. El fiduciario que es quien administra los bienes objeto del fideicomiso. El fideicomisario que es el beneficiario del contrato. Todos los bienes que son otorgados en fideicomiso reciben el nombre de patrimonio fideicomitido.
PRENDA Es un contrato por medio del cual un deudor entrega al acreedor una cosa mueble en seguridad de un crédito. Las partes reciben el nombre de deudor prendario y acreedor prendario o acreedor pignoraticio. Pignorar es empeñar. Este contrato es lo que comúnmente se conoce como empeño.
FIANZA Es un contrato por el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar por el deudor la misma prestación o una equivalente o inferior, en igual o distinta especie, si este no lo hace. Las partes reciben el nombre de acreedor, fiador, y afianzado o fiado.
HIPOTECA Es un contrato por el cual se constituye una garantía real sobre bienes que no se entregan al acreedor y que da derecho a este, en caso de que el deudor no cumpla con la obligación principal, a ser pagado con el valor de los bienes hipotecados, con la preferencia que la ley establece. Las partes reciben el nombre de deudor hipotecario y acreedor hipotecario.
ARTICULOS 1: Que todo individuo gozará de las garantías que establece la Constitución. Queda prohibida la discriminación. 2: Que las poblaciones indígenas serán regidas de acuerdo a sus usos y costumbres. 3: Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. 5: A ninguna persona se le impedirá dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que quiera. 8: Funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición siempre que se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa. A toda petición deberá recaer un escrito con las mismas características. 14: A ninguna ley se dará efecto retroactivo en prejuicio de persona alguna. Nadie puede ser privado de la libertad, propiedades, posesiones o derechos, sino mediante un juicio ante tribunales. Principio de irretroactividad: excepción por ejemplo si antes alguien fue condenado a pena de muerte pero cambia en cierta fecha a 50 años de cárcel. 16: Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio,

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Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.
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Aplicación de la teoría del conectismo en las cátedras de Derecho Constitucional I y II.-
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