Modos originarios de adquirir la propiedad

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Modos originarios de adquirir la propiedad: Ocupación Adquisición de tesoros Accesión Especificación Confusión y conmixtión Adquisición de frutos Adiudicatio Litis aestimatio
KARLA HERNANDEZ NATARENO
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KARLA HERNANDEZ NATARENO
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Universidad Mariano Gálvez de Guatemala Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Derecho Romano y Español Licda. Susana Elizabeth De León Cifuentes Estudiantes: Karla Hernández Natareno Carné: 5011-23-15490 Ricardo Miguel Ventura León Carné: 5011-13-14205 Ocupación: Es la adquisición de la propiedad mediante la toma de posesión de una cosa que no tiene dueño. Ejemplo: Encontrar dinero en la calle o en algún lugar sin que se le conozca un dueño.
Adquisición de tesoro: Se trata de objetos preciosos y dinero, que permanece oculto y que no se le conoce dueño durante el tiempo necesario, para que se pierda la memoria de quien sea su dueño haciéndose imposible en todo caso identificar a alguna persona o sucesor. Son objetos preciosos y dinero, que permanecen ocultos durante el tiempo necesario y por tal motivo Ejemplo: un barco pesquero que encuentra un cofre con monedas de oro. La persona que lo encuentra se adueña del tesoro. Accesión: Hay accesión cuando una cosa se adhiere a otra, por causa natural o por obra del hombre, para integrarse ambas en un solo cuerpo. El dueño de la cosa principal —la que define la esencia y la función del todo, según un criterio económico-social," se hace dueño de la cosa accesoria, es decir, de la que cede o accede. Los romanistas distinguen tres clases de accesión: 1. accesión de mueble a mueble 2. Accesión de mueble a inmueble 3. Accesión de inmueble a inmueble Ejemplo: una porción de tierra que es transladada de un lugar a otro por fuerza de la naturaleza. En este caso, la porción de tierra pasa a formar parte del predio. Y el dueño del mismo pasa a serlo también de dicha porción.
Especificación: Se designa la transformación de una materia prima en una cosa nueva. Según los sabinianos, la cosa nueva pertenece al dueño de la materia, puesto de que de ella deriva; los proculeyanos, por el contrario, atribuyen la nova especies al artífice. Desde el punto de vista formal, la especificación conlleva siempre un enriquecimiento, ya a favor del dueño de la materia, ya a favor del artífice. Ejemplo: crear una estatua a partir del mármol Confusión y conmixtión: Es una modalidad de accesión de mueble a mueble entendida como la unión de cosas que se confunden y compenetran, de tal modo que no pueden separarse ni distinguirse. Principios: a) Si la separación es posible b) Si la separación no es posible c) si la mezclase hizo con el consentimiento de las dos partes Ejemplo: dos vinos de diferente calidad o dos esencias para formar un perfume.
Adquisición de frutos: El fruto no tiene existencia propia, considerándose parte del fundo, mientras no se desprende de la cosa matriz. Los frutos pueden ser naturales; no interviene la mano del hombre o civiles; son los que se obtienen con la explotación de una cosa. Los frutos mientras están adheridos a la cosa que los ha producido forman parte integrante de la misma y no son objeto de propiedad distinta. Por la sola separación adquieren los frutos: a) el dueño del fruto b) el poseedor del terreno c) el que posee de buena fe en el momento de la separación. Ejemplo: Si Pedro es propietario de una finca rural productora de café, los frutos obtenidos ingresan en su patrimonio por el simple hecho de ser propietario del predio y no por accesión. Adiudicatio: Son las acciones divisorias, por la que el pretor autoriza al juez para que proceda a realizar asignaciones de propiedad entre las personas que intervienen en el proceso. Ejemplo: acudir ante un juez para resolver los conflictos de hermanos por una herencia.
Litis aestimatio: Tiene lugar como adquisición de la cosa litigiosa a favor del poseedor o tenedor que, habiendo perdido el juicio, en vez de restituir la cosa, prefiere pagar la condena pecuniaria según la Litis aestimatio y quedarse con ella. Ejemplo: Juan (propietario) le causa un daño a Lucas (propietario), a razón de esto empieza un proceso, el juez estimaba el daño que ha sufrido Lucas y en base a esto se podía establecer el valor en dinero. LA PROPIEDAD ES UN DERECHO REAL POR EXELENCIA

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