CONCEPTO DE PATENTES

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BUENAS NOCHES PROFE
Verónica Trujillo
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Verónica Trujillo
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PATENTES ¿Qué es una patente? Es el manifiesto visible que se representa en un producto novedoso y único por el cual se goza del derecho exclusivo concedido a un producto o procedimiento que contribuye, en una nueva manera de hacer algo o una nueva solución técnica a un problema.
¿BENEFICIOS DE LA PATENTE? • La patente no puede ser confeccionada, utilizada, distribuida o vendida comercialmente sin el consentimiento del titular de la patente • Los derechos de patente se hacen respetar en los tribunales que tienen la potestad de sancionar a quienes incumplan con la ley. • Un tribunal puede asimismo declarar no válida una patente si un tercero obtiene satisfacción en un litigio relacionado con la patente. • El titular de una patente tiene el derecho de decidir quién puede -o no puede- utilizar la invención patentada durante el período en el que está protegida la invención.
• El titular de la patente puede dar su permiso, o licencia, a terceros para utilizar la invención de acuerdo a términos establecidos de común acuerdo. • El titular puede asimismo vender el derecho a la invención a un tercero, que se convertirá en el nuevo titular de la patente. • Las patentes constituyen incentivos para las personas, ya que les ofrece reconocimiento por su creatividad y recompensas materiales por sus invenciones comercializa bles. • Alientan la innovación, que garantiza la mejora constante de la calidad de la vida humana.
¿QUE SE PUEDE PATENTAR? • Diseños industriales • Esquemas de trazado de circuitos integrados Distintivos • Marcas. • Avisos • Nombres comerciales • Denominaciones de origen Biológicos • Las variedades vegetales • Las invenciones relacionadas con microorganismos, como las que se realicen usándolos; las que se apliquen a ellos o las que resulten en los mismos. • Los procesos biotecnológicos de obtención de farmoquímicos, medicamentos, bebidas y alimentos para consumo animal o humano, fertilizantes, plaguicidas, herbicidas, fungicidas o productos con actividad biológica.
¿QUE NO SE PUEDE PATENTAR? El IEPI, no está autorizado para patentar lo siguiente: • Los principios teóricos o científicos. • Los descubrimientos que consistan en dar a conocer o revelar algo que ya existía en la naturaleza, aun cuando anteriormente fuese desconocido para el hombre. • Los esquemas, planes, reglas y métodos para realizar actos mentales, juegos o negocios y los métodos matemáticos. • Los programas de computación. • Las formas de presentación de información. • Las creaciones estéticas y las obras artísticas. • Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico aplicable al cuerpo humano y los relativos a animales.
LINCOGRFÍA http://www.arocheyhernandez.com/patentes.htm http://www.trabajo.com.mx/el_registro_de_una_patente.htm http://www.propiedadintelectual.gob.ec/wp-content/uploads/2013/08/registro_oficial_326.pdf

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