Criado por andreazapata.102
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Questão | Responda |
INTANGIBLE | Calificativo de todo aquello que no tiene una presencia corpórea o física, y que no esta destinado por la empresa para su venta. Fuente: http://www.efectivoahora.com/glosario/i.html |
MARCA | Signo DISTINTIVO mediante el cual una empresa identifica sus productos o servicios. El propietario de una marca registrada goza del derecho de uso exclusivo de la marca, previsto en la legislación, en relación con los productos o servicios para los que se haya registrado. Fuente: http://www.wipo.int/ipstats/es/statistics/glossary.html |
PATENTE | A) Título que reconoce el derecho a explotar en exclusiva en el ámbito industrial o comercial, la invención patentada y registrada. B) Conjunto de derechos exclusivos concedidos por ley a los solicitantes sobre invenciones que sean novedosas, no evidentes y susceptibles de aplicación comercial. La patente es válida por un período de tiempo limitado (por lo general 20 años), durante el cual los titulares pueden explotar comercialmente sus invenciones con carácter exclusivo. Fuente: http://www.wipo.int/ipstats/es/statistics/glossary.html |
OMPI Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) | Organismo especializado de las Naciones Unidas dedicado al fomento de la innovación y la creatividad para el desarrollo económico, social y cultural de todos los países mediante un sistema internacional de P.I., equilibrado y eficaz. Fuente: http://www.wipo.int/ipstats/es/statistics/glossary.html |
SECRETO INDUSTRIAL/ KNOW HOW | Conocimiento reservado o confidencial sobre ideas, proyectos, productos o procedimientos que el empresario titular desea mantener oculto. Secreto Industrial, es toda información de aplicación industrial que guarda una persona física o moral con carácter confidencial, que le signifique obtener y mantener una ventaja competitiva y económica respecto de otras empresas. Fuente: http://www.eoi.es/wiki/index.php/Glosario_de_términos_en_Propiedad_intelectual |
AVISO COMERCIAL | Frases u oraciones cuya finalidad es anunciar al público: A) Establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios B) Los que tiene por objeto anunciar productos o servicios. Fuente: Ley de Propiedad Industrial; Artículos 99,100 y 104. |
NOMBRE COMERCIAL | Este nombre es el usado por el titular de una empresa mercantil, en el ejercicio de su industria o comercio. Características generales: A) Tiene un valor económico objetivo, que lo convierte en un bien de naturaleza predominantemente patrimonial. B) Es susceptible de disposición, no sólo mortis causa, sino también inter vivos, como elemento integrante de la empresa. C) Su estructura verbal no coincide necesariamente con la del nombre civil. D) Confiere a su titular un derecho de uso exclusivo, prohibiéndose la homonimia, e incluso de similitud con otros nombres comerciales. E) El nombre comercial es objeto de inxripción en un registro y por lo mismo, de protección legal. Fuente: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/193/dtr/dtr3.pdf |
DENOMINACIÓN DE ORIGEN | Se entiende por tal, el nombre de la región, lugar, comarca, o localidad, empleado para designar un producto procedente de la zona, dotado de cualidades diferenciales debidas principalmente al medio natural y a su proceso de producción. El control de tales notas distintivas queda al cuidado de un Consejo Regulador. Fuente: http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/denominacion-de-origen/denominacion-de-origen.htm |
DERECHO DE AUTOR | Es el reconocimiento que otorga el Estado a todo creador de obras literarias y artísticas, en virtud del cual el autor goza de derechos de tipo personal, llamado derecho moral y económico llamado derecho patrimonial. ¿Qué vigencia tiene el Derecho de Autor? La vida del autor y 100 años después de su muerte, con las excepciones y salvedades que establece la Ley. Fuente: http://www.indautor.gob.mx/accesibilidad/accesibilidad_autor.html |
DERECHO MORAL SOBRE EL DERECHO DE AUTOR | Consiste en el derecho de todo autor a ser reconocido como tal, a decidir el momento de la divulgación y evitar deformaciones o mutilaciones a su obra, entre otras. Es inalienable, imprescriptible, irrenunciable e inembargable. Fuente: http://www.indautor.gob.mx/accesibilidad/accesibilidad_autor.html |
DERECHO PATRIMONIAL SOBRE EL DERECHO DE AUTOR | Consiste en la facultad que tiene el autor para explotar por sí mismo su obra, así como para autorizar o prohibir a terceros dicha explotación en cualquier forma dentro de los límites que establece la Ley Federal del Derecho de Autor. Este derecho es transmisible por escrito y debe ser oneroso y temporal. Fuente: http://www.indautor.gob.mx/accesibilidad/accesibilidad_autor.html |
OBRA | La palabra proviene del latín “opera” que quiere decir trabajo; cosa hecha o producida por un individuo o varios. En la ciencia, arte o cultura una obra es la producción del pensamiento humano, creada en un momento determinado y permanece en el tiempo por tu valor artístico. Este término se le atribuye a la estructura de una edificación o construcción que está en proceso de ajuste o arreglo. Fuente: http://www.derecho.com/c/Obra_nueva |
IMPI Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial | Es un organismo público descentralizado de la Secretaría de Economía, con personalidad jurídica y patrimonio propio, y es la autoridad legal para administrar el sistema de propiedad industrial en nuestro país. De acuerdo con la Ley de la Propiedad Industrial (LPI), el IMPI tiene como atribución fomentar y proteger la propiedad industrial; es decir, aquellos derechos exclusivos de explotación que otorga el Estado por un tiempo determinado a los creadores e innovadores, así como a las personas que distinguen sus productos en el mercado. Fuente: http://imef.org.mx/descargas/2014/febrero/foroemprendedores/5_impi_protege_innovacion.pdf |
INDAUTOR Instituto Nacional del Derecho de Autor | Instituto dedicado a salvaguardar los derechos autorales, promover su conocimiento en los diversos sectores de la sociedad, fomentar la creatividad y el desarrollo cultural e impulsar la cooperación internacional y el intercambio con instituciones encargadas del registro y protección del derecho de autor y derechos conexos. Fuente: http://www.indautor.gob.mx/quienes.html |
COPYRIGHT | Derecho que tiene un autor, incluido el autor de un programa informático, sobre todas y cada una de sus obras y que le permite decidir en qué condiciones han ser éstas reproducidas y distribuidas. Aunque este derecho es legalmente irrenunciable puede ser ejercido de forma tan restrictiva o tan generosa como el autor decida. El símbolo de este derecho es ©. Fuente: http://www.definicion.org/copyright |
RESERVA DE DERECHOS | Es la facultad que tiene una persona física o moral para usar y explotar en forma exclusiva títulos, nombres, denominaciones, características físicas y psicológicas distintivas, o características de operación originales aplicados, de acuerdo con su naturaleza. Fuente: http://www.indautor.gob.mx/formatos/reservas/reservas_derechos.html |
REGALÍAS | 1. Contraprestación en dinero, proporcional a las ventas, producción o utilidades, pagadera por el licenciatario en los contratos de licencia de marcas, patentes o conocimientos técnicos. 2. Beneficios adicionales de la paga. Fuente: http://www.significadolegal.com/2007/09/regala.html |
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