Reglamenta el marco de la educación inclusiva, la atención educativa a la población con discapacidad como subrogación de la sección 2 del decreto 1075 del 2015 (Decreto único del sector educación)
DISPOSICIONES GENERALES
Objeto
Ámbito de aplicación
Principios
Definiciones
Acceso a la educación de personas con discapacidad.
Accesibilidad
Acciones Afirmativas
Ajustes Razonables
Currículo Flexible
Diseño Universal de aprendizaje
Educación inclusiva
Esquema de atención educativa
Estudiante con discapacidad
Permanencia educativa para las personas con discapacidad
Plan individual de ajustes razonables
Medidas pertinentes para asegurar el acceso en igual de condiciones con los demás , entorno fisico, el transporte, la comunicación y otros.
Proceso que comprende diferentes estrategias del servicio educativo para garantizar el ingreso al sistema para todas las personas con discapacidad en condiciones de accesibilidad, flexibilidad y equidad.
Políticas, medidas o acciones dirigidas a favorecer a personas o grupos con algún tipo de discapacidad, con el fin de eliminar barreras de tipo actitudinal, social, cultural o económico que afecten de manera educativa.
Acciones, adaptaciones, estrategias, apoyos, recursos o modificaciones necesarias del sistema educativo basadas en necesidades especificas de cada estudiante para garantizarles que se puedan desenvolver con máxima autonómia.
Aquel que mantiene los mismos objetivos para todos los estudiantes pero da diferentes oportunidades para acceder a ellos, organiza la enseñanza desde la diversidad.
Diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas sin necesidad de adaptación ni diseño especializado.
Proceso permanente que reconoce, valora y responde de manera pertinente a la diversidad de características, intereses, posibilidades y expectativas de todos promoviendo desarrollo, aprendizaje y participación en un ambiente de educación.
Procesos mediante los cuales el sector educativo garantiza el servicio a los estudiantes con discapacidad en todos los niveles de la educación considerando aspectos básicos para su acceso, permanencia, oferta de calidad en terminos de curriculo, metodología, etc.
Persona vinculada al sistema educativo en constante desarrollo y transformación con limitaciones en los aspectos fisico, mental, intelectual o sensorial que al interactuar con diversas barreras puede impedir su aprendizaje y participación plena en la sociedad.
Estrategias y acciones que el servicio educativo debe realizar para fortalecer los factores asociados a permanencia y el egreso de las personas con discapacidad en el sistema educativo con inclusión en términos de calidad, eficacia y eficiencia.
Herramienta para garantizar procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes basados en la valoración pedagógica y social que incluye ajustes razonables para garantizar aprendizaje, participación, permanencia y promoción.
Enmarcados en los principios de la educación inclusiva.
Calidad.
Diversidad.
pertinencia.
participación.
Equidad.
Interculturalidad.
Establecidos por la ley 1618de 2013.
Además se acogen los principios de la convención de derechos de las personas cpo discapacidad.
el respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas;
La no discriminación.
la participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad.
El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas.
La igualdad de oportunidades.
La accesibilidad.
La igualdad entre el hombre y la mujer.
el respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.
Estos principios están enfocados a favorecer las trayectorias educativas de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes para su ingreso, permanencia, promoción y egreso en el sistema educativo.
Reglamentar la ruta, el esquema y las condiciones para la atención educativa a la población con discapacidad, en diferentes niveles
Preescolar
Media
Básica
Aplica en todo el territorio nacional
Personas con discapacidad, sus familias, sus cuidadores, Ministerio de educación nacional , entidades territorialesestablecimientos educativos de preescolar, básica y media e instituciones que ofrezcan educación de adultos, ya sean de carácter público o privado..
Entidades del sector educativo del orden nacional como: Instituto Nacional para Ciegos (INCI), Instituto Nacional para Sordos (INSOR) y el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (ICFES).
Presentado por:
Daniel Alzamora Steele, Alejandra Forero, Naira Miranda
María Alexandra Pabón, Michelle Sánchez Amado
Ginna Fernanda Torres
Bibliografía
República de Colombia. (2017). Decreto 1421 del 2017. Ministerio de Educación Nacional. pp. 1 -20