Heridos y enfermos de las fuerzas armadas en campañas aprobado el 12 de agosto de 1949
El cual protege
Hay cuatro convenios
*Soldados heridos o enfermos
*Personal, equipos y centros medicos
*personal de apoyo civil de los enfermos y heridos que acompañan a las fuerzas armadas
*Capellanes militares
*Civiles que en forma espontanea toman las armas para repeler una invasión
el convenio de ginebra regula el derecho internacional humanitario, cuyo proposito es proteger a las victimas de los conflictos armados
Este convenio establece que debe presentar protección a los heridos y lo enfermos, pero también al personal medico y religioso, protege a los soldados que no participan en las hostilidades
Disposiciones especificas que establece este convenio
Art.12. Habrán de ser respetados y protegidos sin distinción alguna de índole desfavorable basada en el sexo, la raza, nacionalidad , religión y opinión política.
Art.12. No podran ser asesinados, exterminados ni sometidos a torturas o experimentos biologicos
Art.15. en todo tiempo, y especialmente despues de combate, las partes en el conflicto deberan buscar y recoger a los heridos y a los enfermos
Heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar aprobada el 12 de agosto de 1949
Este convenio adapta las protecciones del primer convenio a las situaciones aplicables en el mar, protege a los combatientes heridos y enfermos mientras se encuentran a bordo o en el mar
El cual protege
*Miembros de las fuerzas armadas heridos, enfermos o náufragos
*Barcos hospitales y personal medico
*Civiles que acompañan a las fuerzas armadas
Art.12. este convenio ordena a las partes en conflicto adoptar todas las medidas posibles para buscar y recoger a los heridos, enfermos y náufragos y proporcionales asistencia medica
Art.22. En ningun caso los barcos hospitales se utilizaran con fines militares, no podran ser atacados ni apresados, los nombres y caracteristicas de los barcos hospitales deben notificarse a todas las partes del conflicto
Disposiciones especificas que establece este convenio
Convenio relativo al tratado debido a los prisioneros de guerra, aprobado el 12 de agosto de 1949
Este convenio contiene normas especificas relacionadas con el trato debido a los prisioneros de guerra, los 143 articulos del convenio establecen que los prisioneros de guerra deben recibir trato humanitario, alojamiento adecuado y alimentos, vestimenta y atencion medica apropiados
Disposiciones especificas que establece este convenio
El cual protege
*Los miembros de las fuerzas armadas
*Las milicias voluntarias, incluidos los movimientos de resistencia
*Los civiles que acompañan a las fuerzas armadas
Art.13-14,16. Ningun prisionero de guerra podra ser sometido a torturas o a experimentos medicos. Asimismo, los prisioneros de guerra deberan ser protegidos contra todo acto de violencia los insultos y la curiosidad publica
Art.17. el prisionero de guerra no tendra obligacion de declarar mas que su nombre y apellido, su rango, la fecha de nacimiento y su numero de matricula militar
Este convenio los civiles que se encuentra en zonas de conflicto y territorios ocupados gozan de la proteccion conferida por los 159 articulos del cuarto convenio de ginebra
Disposiciones especificas que establece este convenio
Convenio relativo a la proteccion debida a las personas civiles de guerra, aprobado el 12 de agosto de 1949
Art.79-135. Si la segurida lo permite, debe permitirse a los civiles desarrollar su vida con normalidad. No debe ser deportados ni detenidos, salvo por motivos imperativos de seguridad. Si la detencion fuera necesaria, las condiciones deben ser como minimo similares a las establecidas para los prisioneros de guerra
Art.33-34. Se prohibe el pillaje, las medidas de represalia, la destruccion indiscriminada de bienes, y la toma de rehenes