I. En el momento en que el importador presente el pedimento
II. En caso de importación temporal
III. En el caso de bienes que hayan sido introducidos ilegalmente en el país
Al convertirse en definitiva.
Cuando dicha internación sea descubierta o las citadas mercancías sean embargadas por las autoridades.
No se pagará el impuesto cuando
No lleguen a consumarse, sean temporales, tengan el carácter de retorno de bienes exportados o sean objeto de tránsito o transbordo.
Las efectuadas por pasajeros en los términos de la legislación aduanera
Las de aguamiel y productos derivados de su fermentación.
Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables.
Siempre que
Cumpla con las obligaciones establecidas.
Importaciones definitivas de los bienes por los que se haya pagado IEPS
Siempre que
Se destinen a los regímenes aduaneros de:
*Importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación:
*Depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos;
*Elaboración transformación o reparación en recinto fiscalizado; y
*Recinto fiscalizado estratégico.
Bebidas saborizadas que cuenten con registro sanitario
Plaguicidas que de conformidad con a categoría de toxicidad aguda corresponda a la categoría 5.
Petróleo crudo y gas natural.
Para calcular el impuesto
Se considerará el valor que se utilice para los fines del impuesto general de importación
Adicionandole
Contribuciones y aprovechamientos que se tengan que pagar
A excepción de
El Impuesto al Valor Agregado
Tratándose de bienes de importación temporal
Se considerará el valor en aduana a que se refiere la Ley Aduanera
Adicionandole
Las contribuciones y aprovechamientos que se tuvieran que pagar
A excepción de
El Impuesto al Valor Agregado
Pago del impuesto
Tratándose de importación definitiva
Se hará
Conjuntamente con el impuesto general de importación
Tratándose de importación temporal
Se hará
A más tardar en el momento en que se presente el pedimento
Tratándose de bienes por los que no se pague el impuesto general de importación
Se hará
Mediante declaración que se presentará en la aduana correspondiente
Podrán
Aplicar un crédito fiscal del 100%
Siempre que
Obtengan una certificación por parte del SAT
Para obtenerla deberán
Acreditar que cumplen con los requisitos que permitan un adecuado control de las operaciones realizadas