Es un mecanismo para dar por terminado un contrato de trabajo.
Consiste en la autorizacion de un Inspector de Trabajo en dar por teminada una relacion laboral, ya sea por que una de las partes haya incurrido en las causas previstas en la ley.
Art. 172 del Codigo del Trabajo." Causas por las que el empleador puede dar por terminado el contrato"
CAUSAS
1.- Por faltas repetidas e injustificadas de puntualidad o de asistencia al trabajo o por abandono de éste por un tiempo mayor de tres días consecutivos sin causa justa.
2.- Por indisciplina o desobediencia graves a los reglamentos internos aprobados.
3.- Por falta de probidad o por conducta inmoral del trabajador
4.- Por no acatar las medidas de seguridad, prevención e higiene exigidas por la ley, por sus reglamentos o por la autoridad competente; o por contrariar, sin debida justificación, la prescripciones y dictámenes médicos.
El empleador puede dar por terminada la relación laboral, sin lugar a indemnización alguna, salvo los demás derechos que por ley le correspondan al trabajador
Art. 173 del Codigo del Trabajo. " Causas para que el trabajador pueden dar por terminado el contrato"
1.- Por injurias graves inferidas por el empleador, sus familiares o representantes trabajador, su cónyuge, ascendientes o descendientes
2.- Por disminución o falta de pago o de puntualidad en el abono de la remuneración pactada
3.- Por exigir al empleador que el trabajador ejecute una labor distinta de la convenida, salvo en los casos de urgencia previstos.
El trabajador puede dar por terminada la relacopn laboral mediante visto bueno siempre que lo fundamente en una de las causales dell Art, 173 del Codigo de Trabajo.