REGIMEN DE TRIBUTACION SIMPLE

Descrição

Fluxograma sobre REGIMEN DE TRIBUTACION SIMPLE, criado por DAYANA MUÑOZ em 18-09-2021.
DAYANA MUÑOZ
Fluxograma por DAYANA MUÑOZ, atualizado more than 1 year ago
DAYANA MUÑOZ
Criado por DAYANA MUÑOZ mais de 3 anos atrás
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Resumo de Recurso

Nós do fluxograma

  • REGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACION
  • La ley 1943 de 2018 eliminó el monotributo y en su lugar instituyó el llamado impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE
  • El objetivo es agrupar y simplificar la recaudación de distintos tributos
  • Impuestos unificados
  • Este impuesto se declara anualmente pero bimestral se recaudaron anticipo
  • Este impuesto unifica tres impuestos
  • Impuesto nacional al consumo
  • Impuesto de industria y comercio consolidado
  • Impuesto sobre la renta
  • Retención en la fuente en el régimen simple de tributación
  • No les practicaron retención en la fuente, es decir están exonerados de la retención en la fuente
  • Los contribuyentes del régimen de tributación SIMPLE deben practicar retención en la fuente únicamente por pagos laborales y por IVA
  • Tampoco estarán obligados a practicar retenciones y autorretenciones de la cuenta con excepción a los correspondientes a pagos y laborales
  • Los que no se pueden acoger a este régimen, están contemplados en el artículo 905 del estatuto tributario
  • Los que no se pueden acoger este régimen se encuentra en el artículo 906 del estatuto tributario
  • Aportes a seguridad social y parafiscales en el régimen simple de tributación
  • Deberán realizar los respectivos aportes al sistema general de pensiones de conformidad con la legislación vigente y estarán exoneradas de aportes parafiscales en los términos del artículo 114-1 del estatuto tributario
  • Pertenecientes al regimen
  • GRUPO 1
  • EMPRESAS
  • Micro - Mercado
  • Mini - Mercado
  • Peluqueria
  • Tiendas Pequeñas
  • INGRESOS BRUTOS ANUALES
  • De 0 A 6.000 UVT = 2%
  • De 6.000 A 15.000 UVT = 2.8%
  • De 15.000 a 30.000 UVT = 8.1 %
  • DE 30.000 A 80.000 UVT = 11.6%
  • GRUPO 2
  • Actividades comerciales al por mayor y detal
  • Servicios técnicos y mecánicos en los que predominan el factor material sobre el intelectual
  • Los electricistas, albañiles, servicios de construcción y los talleres mecánicos de vehículos y electrodomésticos
  • Actividades industriales incluidas las de agroindustria, microindustria
  • Actividades de telecomunicaciones 
  • INGRESOS BRUTOS ANUALES
  • De 0 A 6.000 UVT = 1.8%
  • De 6.000 A 15.000 UVT = 2.2%
  • De 15.000 a 30.000 UVT = 3.9 %
  • DE 30.000 A 80.000 UVT = 5.4%
  • GRUPO 3
  • Servicios profesionales de consultoría y cientificos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesionales liberales
  • INGRESOS BRUTOS ANUALES
  • De 0 A 6.000 UVT = 5.9%
  • De 6.000 A 15.000 UVT = 7.3%
  • De 15.000 a 30.000 UVT = 12%
  • DE 30.000 A 80.000 UVT =14.5%
  • GRUPO 4
  • Actividades de expendio de comidas y bebidas y actividades de transporte
  • INGRESOS BRUTOS ANUALES
  • De 0 A 6.000 UVT = 3.4%
  • De 6.000 A 15.000 UVT = 3.8%
  • De 15.000 a 30.000 UVT = 5.5%
  • DE 30.000 A 80.000 UVT =7.0%
  • MARY BARBOSA HERNANDEZ ID. 634545 JUAN PABLO PINZON ID. 649250 ANDREA MARELA CAICEDO ID.637563 DANNIELA VANESSA SERRANO ID. 647670

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