Obligacion

Descrição

Abogacía Fluxograma sobre Obligacion, criado por Brenda Galvez em 02-07-2017.
Brenda Galvez
Fluxograma por Brenda Galvez, atualizado more than 1 year ago
Brenda Galvez
Criado por Brenda Galvez mais de 7 anos atrás
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Resumo de Recurso

Nós do fluxograma

  • OBLIGACIÓN Es una relación jurídica entre dos sujetos (acreedor y deudor) donde el acreedor puede exigir una prestación al deudor.
  • ELEMENTOS
  • SUJETOS
  • PRESTACIÓN
  • CAUSA
  • VÍNCULO
  • EFECTOS
  • Acreedor y deudor
  • Es el objeto de la obligación. Los requisitos son: debe ser material y jurídicamente posible, lícita y debe satisfacer algún interés del acreedor.
  • No hay obligación sin causa. 
  • Los sujetos deben obrar con cuidado, previsión y buena fe. pasado el período de prescripción (3 años) el acreedor no puede exigir nada
  • DEUDOR
  • ACREEDOR
  • Tiene 3 derechos a favor. 1)El acreedor puede iniciar algún tipo de acción judicial en caso de incumplimiento. 2)Hay una posibilidad de que el acreedor pueda exigir a otra persona la obligación del deudor(acción subrogatoria). 3)Posibilidad de  reclamo por daños y perjuicios cuando no se puede exigir el cumplimiento de la obligación.
  • Tiene derecho a un comprobante por parte del acreedor. asu vez el acreedor tiene la obligación de dar el comprobante.
  • TIPOS
  • DE DAR
  • DE HACER
  • DE NO HACER
  • SOLIDARIAS
  • MANCOMNADAS
  • CONCURRENTES
  • Hay más de un deudor o más de un acreedor.
  • Hay solidaridad entre deudores. El acreedor puede exigir el total de la deuda a dos deudores.
  • El deudor se obliga a no hacer algo que perjudique al acreedor.
  • Contratación obligacional de un servicio.  
  • Obligaciones de medios: ponen el medio al servicio de la persona que lo contrata, no se garantiza un resultado determinado.
  • Obligaciones de resultados: se espera un resultado determinado.
  • Obligación de dar algo entregando una cosa cierta y determinada.
  • diferentes deudores deben en una misma causa.
  • TIPOS DE INTERESES
  • *Compensatorios: interés que se genera para compensar la imposibilidad del acreedor de disponer del dinero. *Moratorios: interés que se pacta si el deudor no paga en la fecha acordada. hay un retardo del cumplimiento. *punitorios: interés/ sanción por no cumplir (claúsula penal)
  • EXTINCIÓN
  • PAGO
  • COMPENSACIÓN
  • CONFUSIÓN
  • NOVACIÓN
  • DACIÓN DE PAGO
  • RENUNCIA
  • IMPOSIBILIDAD DE CUMPLIMIENTO
  • El deudor se convierte en acreedor.
  • Se extingue la obligación sin tener responsabilidad. La culpa no es del deudor.
  • Toda persona puede renunciar a una obligación si no está prohibido por la ley.
  • El acreedor recibe algo que no tenía que recibir.
  • Acreedor y deudor. ambos fueron acreedores y deudores.
  • Extinción de la obligación por reemplazo de otra.
  • Modo por excelencia de extinción de las obligaciones.
  • Tiene que haber determinados principios presentes
  • IDENTIDAD
  • INTEGRIDAD
  • PUNTUALIDAD
  • LOCALIZACIÓN
  • Si hay un plazo de debe cumplir (si no se cumple hay interés moratorio) Si se paga antes no hay obligación de restar dinero de la deuda.
  • El acreedor no está obligado a recibir ni el deudor a dar algo diferente a la pretación determinada.
  • El acreedor no está obligado a recibir un pago parcial.
  • El lugar de pago se establece previamente.

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