derechos de la víctima en
el nuevo proceso penal,
los siguientes:
— A intervenir en el proceso: otorga a la
víctima, en su carácter de sujeto procesal,
un rol principal dentro del nuevo sistema,
confiriéndole una activa participación en
materias tales como plazos, formas de
notificación, actuaciones de la investigación
y el sistema de recursos en el nuevo
proceso penal.
— A presentar querella. La víctima, su representante
legal o heredero testamentario puede interponer
querella ante el juez de garantía, en cualquier
momento del proceso, mientras el fiscal no hubiere
declarado cernida la investigación
— A obtener reparación. Con relación a este derecho,
debemos expresar que el nuevo proceso penal introduce
los denominados "acuerdos reparatorios", que son
aquellas convenciones que se dan entre la víctima y el
imputado de los hechos materia de una investigación,
para poner término al procedimiento, en aquellos delitos
respecto de los que la ley lo permita, previa aprobación
del juez de garantía.
— A ser debidamente protegida.12
listo parece lógico dentro de un
sistema moderno, que debe otorgar
importancia a la protección del
ofendido, que es el que ha sufrido en
su persona o en su patrimonio el
menoscabo o daño producto del
delito.
Otros derechos conferidos a la víctima
en el nuevo sistema:
1. Derecho
a audiencia
2. Derecho a la
información.
3. Derecho a ejercer
acciones civiles.
4. Derecho a un trato
acorde con su condición
de víctima
5. Derecho a impugnar las
resoluciones judiciales que le causen
agravio
De igual modo,
se considera a la
víctima como
sujeto procesal,
reconociéndole
variados
derechos, como:
a) ser oída
b) a la
información
c) a deducir
querella;
d) a ejercer acciones
civiles;
e) a ser tratada de un
modo acorde con su
condición de víctima;
f) a impugnar las
resoluciones que le
causen agravio.
Los alcances del sujeto pasivo en el
procedimiento están comprendidos en
el art. 115 del CPP y son los siguientes:
ALCANCES JURIDICOS DENTRO
DEL PROCEDIMIENTO PENAL
ESTATAL Y FEDERAL
•Recibir asesoría
jurídica;
•Recibir, desde la comisión del
delito, atención médica y
psicológica de urgencia;
•Que se le repare el
daño;
•Coadyuvar con el
Ministerio Público;
•Al resguardo de su
identidad y otros datos
personales