LEY 1621/2013

Descrição

Mapa Mental sobre LEY 1621/2013, criado por JOHN JAIRO SANABRIA SARMIENTO em 27-09-2017.
JOHN JAIRO SANABRIA SARMIENTO
Mapa Mental por JOHN JAIRO SANABRIA SARMIENTO, atualizado more than 1 year ago
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Resumo de Recurso

LEY 1621/2013
  1. Normas para fortalecer el marco jurídico que permite a los organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia cumplir con su misión constitucional y legal, y se dictan otras disposiciones.
    1. Objetivo: Proteger los derechos humanos, prevenir y combatir amenazas internas o externas contra la vigencia del régimen democrático, el régimen Constitucional y legal, la seguridad y la defensa nacional, y cumplir los demás fines enunciados en esta Ley
    2. 5. CENTROS DE PROTECCIÓN DE DATOS DE INTELIGENCIA Y CONTRAINTELIGENCIA
      1. Cada uno de los organismos que desarrolla actividades de inteligencia y contrainteligencia tendrá un Centro de Protección de datos y archivos de Inteligencia y Contrainteligencia (CPD).
        1. Tendrá un responsable que garantizará que los procesos de: Recolección, almacenamiento, producción y difusión de la información estén enmarcados en la Constitución y la Ley
        2. OBJETIVOS
          1. Controlar el ingreso y la salida de información
            1. Asegurar que aquellos datos que una vez almacenados no sirvan para los fines establecidos en el artículo 5 de la presente Ley, sean retirados.
              1. Garantizar que la información no será almacenada en las bases de datos de inteligencia y contrainteligencia por razones diferentes a las establecidas en esta ley.
            2. 4. REQUERIMIENTOS DE INTELIGENCIA Y CONTRAINTELIGENCIA
              1. Se definen las áreas y tareas de recolección de información de inteligencia y contra inteligencia de interés prioritario para el Gobierno Nacional.
                1. Plan Nacional de Inteligencia
                  1. Documento de carácter reservado
                    1. Desarrolla requerimientos y prioridades establecidas por el Gobierno Nacional
                      1. En materia de inteligencia y contrainteligencia, y asigna responsabilidades.
                    2. REQUERIMIENTOS ADICIONALES
                      1. * Determinados por el Presidente de la República * Comandantes de unidades militares y de policía * Directores de inteligencia
                        1. Para el cumplimiento de su misión constitucional
                    3. 3. PRINCIPIOS DE LAS ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA Y CONTRAINTELIGENCIA
                      1. Principio de necesidad
                        1. Alcanzar los fines constitucionales deseados, es decir que podrá recurrirse a ésta siempre que no existan otras actividades menos lesivas que permitan alcanzar tales fines.
                        2. Principio de idoneidad
                          1. Debe hacer uso de medios que se adecuen al logro de los fines definidos en el artículo 4 de esta Ley, medios aptos para el cumplimiento de tales fines y no otros.
                          2. Principio de proporcionalidad
                            1. Deberá ser proporcional a los fines buscados y sus beneficios deben exceder las restricciones impuestas sobre otros principios y valores constitucionales.
                          3. 2. ORGANISMOS QUE LLEVAN A CABO LA FUNCIÓN DE INTELIGENCIA Y CONTRAINTELIGENCIA
                            1. Fuerzas Militares
                              1. Policía Nacional – DIPOL
                                1. UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero)
                                  1. DNI (Departamento Administrativo Dirección Nacional de Inteligencia)
                                  2. 1. PRINCIPIOS GENERALES
                                    1. Utilizan medios humanos o técnicos , para la Recolección, Procesamiento, análisis y Difusión de INFORMACION
                                      1. La desarrollan los organismos del Estado del orden Nacional

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