PROCEDIMIENTOS POLICIALES APLICADOS EN GÉNERO:
PROCEDIMIENTOS POLICIALES Y USO DE LA FUERZA
Los F.E.H.C.L en cada uno de sus procedimientos deben emplear en forma
obligatoria el uso progresivo, diferenciado y adecuado de la fuerza como lo
establecen los 26 Principios del Uso de la Fuerza de 1990 y el Acuerdo
Ministerial 4472 del 18 de agosto del 2010., que son cinco principios del uso de
la fuerza: legalidad, necesidad, proporcionalidad, oportunidad y racionalidad
MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL PARA LA POBLACIÓN LGTBI
MARCO JURÍDICO NACIONAL PARA LA POBLACIÓN LGTBI
Constitución de la República del Ecuador del 20 de octubre del 2008.
Código Orgánico Integral Penal.
Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles
Acuerdo Ministerial 1699
Pacto internacional de Derechos civiles y políticos
Pacto internacional de derechos económicos sociales y culturales
Principio de Yogyakarta
Convención americana de Derechos Humanos
Interpretación y jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos humanos
PROCEDIMIENTOS POLICIALES APLICADOS EN GÉNERO:
PROCEDIMIENTOS DE DEVIF
Finalidad de la Ley Contra la Violencia y la Familia
Artículo 1…la prevención y la sanción de la violencia intrafamiliar; es decir, actúa a dos
niveles: antes y después de cometida la acción u omisión de violencia intrafamiliar.
Artículos 155, 480, 526 y 527 del Código Orgánico Integral Penal Artículo 155.-
Violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.- Se considera
violencia toda acción que consista en maltrato, físico, psicológico o sexual
ejecutado por un miembro de la familia en contra de la mujer o demás
integrantes del núcleo familiar. Se consideran miembros del núcleo familiar a
la o al cónyuge, a la pareja en unión de hecho o unión libre, conviviente,
ascendientes, descendientes, hermanas, hermanos, parientes hasta el
segundo grado de afinidad y personas con las que se determine que el
procesado o la procesada mantenga o haya mantenido vínculos familiares,
íntimos, afectivos, conyugales, de convivencia, noviazgo o de cohabitación