Del latín, secuestrare que significa “apoderarse de
una persona para exigir el rescate, o encerrar a
una persona ilegalmente
Art 460 del CPV
Tipos
Secuestro Propiamente dicho
Art 3 Ley contra Secuestro y Extorsión
(LCSYE)
Simulación de secuestro
Art 4 Ley contra
Secuestro y
Extorsión (LCSYE)
Secuestro con fines políticos, conmoción o alarman
Art 5 Ley contra Secuestro y Extorsión
(LCSYE)
Secuestro breve
Art 6 Ley contra Secuestro y Extorsión
(LCSYE)
Secuestro en medios de transporte
Art 7 Ley contra Secuestro y Extorsión
(LCSYE)
Secuestro para el canje de personas
Art 8 Ley contra Secuestro y Extorsión
(LCSYE)
Alistamiento forzoso
Art 9 Ley contra Secuestro y Extorsión
(LCSYE)
Agravantes
Si las víctimas son niños, adultos mayores, discapacitados, mujeres
embarazadas o enfermos críticos, Se hayan cometidos actos de violencia
física o tortura y/o se hayan cometido contra funcionarios públicos,
personal militar o diplomáticos . Que sea trasladados al extranjero o
falleciera la víctima del secuestro. Dure más de tres días secuestrado. Sea
utilizado como canje o para trabajos forzados o prostitución. Si se
emplearon armas de fuego o drogas
Art 10 Ley contra Secuestro y
Extorsión (LCSYE)
Diferencias con...
La Extorsión
Definición
Es el delito consistente en la obligación
de una persona, a través de violencia o
intimidación, a realizar u omitir un acto o
negocio jurídico con ánimo de lucro
Análisis de tipo penal
Acción
Consiste en constreñir, obligar al sujeto pasivo a poner a
disposición del culpable , dinero o cosas que produzcan un efecto
jurídico
Sujeto Activo
Indiferente
Sujeto Pasivo
Indiferente
Objeto material
Por un lado la persona coaccionada y por el
otro, los objetos y bienes que se le disponen al
sujeto activo
Culpabilidad
Es un delito doloso
Medios de comisión
Intimidación al sujeto pasivo, bajo amenaza
de grave daño
Consumación
Es cuando la cosa mueble o bien, este a disponibilidad del sujeto activo
Penalidad
De diez a quince años , en la Extorsión propiamente dicha
Tipicidad
Art 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión
Formas inacabadas
No admite grado de tentativa ni de frustración
Naturaleza Jurídica
Este delito es enjuiciable de oficio
Tipos
Extorsión propiamente dicha
Art 16 Ley contra Secuestro y
Extorsión (LCSYE)
Extorsión por relación especial
Art 17 Ley contra Secuestro y Extorsión
(LCSYE)
Cambio ilícito de curso de naves
Art 18 Ley contra Secuestro y
Extorsión (LCSYE)
La extorsión es un delito complejo, porque para la comisión del delito principal se pueden
cometer otros, mientras que el secuestro es un delito permanente, que inicia con la privación
de la libertad , entrega del rescate y posterior liberación.
El secuestro, consiste en un delito de peligro relativo a la propiedad y que
la extorsión es un delito de daño o lesión relativa a la propiedad, a través
de una restricción de libertad a una persona o intimidación
La acción es otra de las diferencias. En el secuestro, se priva
ilegítimamente de libertad a una persona, con la finalidad de obtener un rescate y donde el
desplazamiento patrimonial se produce por la acción de los cercanos a la víctima. En la extorsión,
consiste en constreñir al sujeto pasivo a realizar u omitir una acción para producir un efecto jurídico, y
donde el desplazamiento patrimonial se produce por acción de la propia víctima.
La consumación. En el caso del secuestro, este es consumado al momento de los
delincuentes secuestrar a su víctima, mientras en la extorsión se consume cuando el
objeto o razón entra en la disponibilidad del sujeto activo
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.