PROCEDIMIENTOS ANTINARCÓTICOS CON ADOLESCENTES

Descrição

Mapa Mental sobre PROCEDIMIENTOS ANTINARCÓTICOS CON ADOLESCENTES, criado por Sandy Casa em 24-09-2018.
Sandy Casa
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Sandy Casa
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Resumo de Recurso

PROCEDIMIENTOS ANTINARCÓTICOS CON ADOLESCENTES
  1. Aprehensión de un adolescente (12 -17 años 11 meses 29 días) en delito flagrante por tráfico de sustancia catalogada sujeta a fiscalización.
    1. El procedimiento inicia cuando se localiza a un adolescente que se presuma se encuentra en poder de algún tipo de sustancia catalogada sujeta a fiscalización.
      1. El servidor policial procederá a identificarse y explicará el procedimiento a realizar, el registro respectivo permitirá localizar las evidencias del delito procedimiento que lo realizará el servidor policial del mismo sexo del sospechoso.
        1. El COIP en su Art. 220.- Quién oferte, almacene, intermedie, distribuya, compre, venda, envíe, transporte, comercialice, importe, exporte, tenga, posea o en general efectúe tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas o preparados que las contengan, en las cantidades señaladas en las escalas previstas en la normativa correspondiente, será sancionada con pena privativa de libertad de la siguiente manera.
        2. Informar del procedimiento al Sistema ECU 911 para el registro de la actuación que realizará los servidores policiales.
          1. Se procederá a comunicar al aprehendido sobre sus derechos constitucionales. (Artículo 77 de la Constitución), motivo de la aprehensión, derecho a permanecer en silencio, derecho a solicitar la presencia de un defensor público o un abogado, derecho a comunicarse con un familiar o la persona que él indique.
            1. Los servidores policiales informaran al personal Antinarcóticos y DINAPEN quienes lo guiarán durante el procedimiento a fin de poner en conocimiento del señor Fiscal de Adolescentes Infractores de Turno y en forma inmediata para ponerle a órdenes del Juez de Adolescentes Infractores para que se lleve a efecto la Audiencia de Calificación de Flagrancia dentro de las 24 horas de su aprehensión.
              1. El traslado del aprehendido y la sustancia se lo realizará adoptando todas las medidas de seguridad con el fin de evitar posibles fugas.
                1. El servidor policial tomará contacto con el bodeguero antinarcóticos de turno, quien realizará la verificación y pesaje de la droga, elaborara la respectiva acta entrega – recepción, la Prueba de Identificación Preliminar Homologada.
                  1. La Fiscalía de Adolescentes realizará las coordinaciones para que se señale fecha y hora para la audiencia; de acuerdo al caso se solicitará al Fiscal de Adolescentes Infractores el oficio de autorización para el ingreso temporal del adolescente al Centro de Adolescentes Infractores (CAI).
                    1. El Juzgado de Adolescentes Infractores llevará a cabo la audiencia de calificac ió n de flagrancia y dictará la resolución judicial, el cual puede dictaminar el internamiento del adolescente, su libertad u otras medidas socio educativas.

                      Semelhante

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