-Es responsable del Régimen Común
del Impuesto Sobre las Ventas - IVA o
del Impuesto Nacional al Consumo.
Tuvo ingresos brutos iguales o
superiores a $44.603.000 durante
el 2017.
Tuvo un patrimonio bruto (antes de
descontar deudas) a 31 de diciembre de 2017
superior a $143.366.000.
Realizó consumos con tarjeta de crédito
superiores a $44.603.000 durante el
año 2017.
Realizó compras y/o consumos con cualquier
medio de pago superiores a $44.603.000
durante el año 2017.
Realizó consignaciones bancarias, depósitos
o inversiones financieras, por valor
acumulado superior a $44.603.000 durante el
año 2017.
¿Qué es la UVT? Unidad de Valor Tributario
La Unidad de Valor Tributario «UVT» es una unidad
de medida de valor que representa los valores
tributarios que se encontraban anteriormente
expresados en pesos. La finalidad es estandarizar
y homogeneizar los distintos valores tributarios.
¿Es la Unidad de Valor Tributario importante para mi? El
gobierno es el responsable de ir actualizando la UVT para
determinar el nuevo valor en pesos. Esta medida tiene en
cuenta la inflación a la vez que facilita su imposición y
agilidad en el cálculo, haciéndola más precisa. La UVT no es
un impuesto, sino una nueva forma de medir la carga
impositiva.
Clases de formulario para la presentación de impuestos
Formulario 210: este lo deben
usar las personas naturales que
no estén obligadas a llevar la
contabilidad y las personas
naturales clasificadas en la
categoría de empleados que
deban calcular su impuesto de
renta por el sistema ordinario y
por el sistema IMAN. Pero si
usted clasifica como empleado y
no está obligado a llevar
contabilidad pero declara a
través del sistema IMAS no es
obligatorio que use este
formulario.
Formulario 230: lo podrán utilizar las
personas naturales residentes en el país,
que clasifiquen como empleados y que opten
de manera voluntaria por el sistema IMAS
(Impuesto Mínimo Alternativo Simple) para
presentar la declaración de renta. Le
recordamos que solo podrán tomar este
sistema las personas que en el año gravable
2016 hayan tenido ingresos brutos
inferiores a 2.800 UVT, es decir, $83.308.400
y hayan poseído un patrimonio líquido
inferior a 12.000 UVT en 2015, que
corresponde a $339.348.000. Es importante
aclarar que las personas que declaren por
IMAS voluntariamente no están obligadas a
usar los formularios 110 o 210.
Formulario 240: este lo pueden diligenciar
las personas clasificadas como
trabajadores por cuenta propia que vayan
a declarar por el sistema IMAS y que su
renta gravable alternativa en el año
gravable 2016 sea inferior a 27.000 UVT
$803.331.000 y su patrimonio líquido
declarado en el periodo gravable anterior
haya sido inferior a 12.000 UVT en 2015, es
decir $339.348.000. Sin embargo, es
importante aclarar que los trabajadores
por cuenta propia que opten por el IMAS,
no están obligados a presentar la
declaración por los formularios 110 o 210.
Formulario 110:
este documento
lo deben
diligenciar las
personas
naturales
clasificadas en la
categoría de
empleados o la de
trabajadores por
cuenta propia que
estén obligados a
llevar libros de
contabilidad.