UNIVERSIDAD YACAMBÚ
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS
INTRODUCCIÓN AL DERECHO PENAL
LOS HECHOS PUNIBLES, LA EXTRADICIÓN,LAS FALTAS Y DELITOS
Participante: Anibal de Jesús Espejo
Exp: CJP-133-01287V
Curso: Introducción al Derecho Penal
Tutor: Abg. Eleana Santander Ladera
El artículo 6 del CP (2005), tipifica la Extradición en Venezuela
La extradición es uno de los mecanismos de asistencia internacional,
destinado a frenar la impunidad de aquellas personas que
pretendiendo evadir la acción de la justicia, buscan refugio fuera del
país donde cometieron el HECHO PUNIBLE.
CLASIFICACIÓN (Según el artículo 1 del Código Penal (CP) venezolano, 2005)
DELITOS
SE CASTIGARAN A LOS QUE COMETAN DELITO CP (2005)
• Contra la Independencia y la Seguridad de la Nación (artículos 128 al 142)
• Contra el Derecho Internacional (artículos 152 al 159)
• Contra la Libertad (artículos 166 al 193)
• Contra la Cosa Pública (artículos 194 al 234)
• Contra la Administración de Justicia (artículos 238 al 271)
• Contra el Orden Público (artículos 272 al 297)
• Contra la Fe Pública (artículos 298 al 342)
• Contra la Conservación de los Intereses Públicos y Privados (artículos 343 al 373)
• Contra las Buenas Costumbres y Buen Orden de las Familias (artículos 374 al 404)
• Delitos Contra las Personas (artículos 405 al 450)
• Delitos Contra la Propiedad (artículos 451 al
454)
“Las acciones u omisiones previstas por la ley y
castigados por ella con una pena" (Grisanti, 2007).
“Acción, típicamente antijurídica, culpable y adecuada a
una figura penal” (Soler. 1992, citado por Pacheco, 2013).
CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS
Según la legislación venezolana
Delitos Comunes: aquellos que ofenden o lesionan bienes jurídicos individuales (la violación, el robo, el
homicidio, entre otros).
Delitos Políticos Puros: los cometidos contra el orden establecido en el Estado (robos de armas para
una rebelión).
Delitos Sociales: los cometidos contra el régimen económico-social establecido en una comunidad
organizada.
Delitos Militares: Son aquellos que están constituidos por infracciones o violaciones del orden,
disciplina o deberes militares (la deserción, entre otros).
Delitos de Acción: Se cometen haciendo algo que la Ley Penal prohíbe en forma implícita (matar a una
persona)
Delitos de Omisión: Se consuman cuando el resultado antijurídico se produce como consecuencia de
una conducta negativa (como el tipificado en el artículo 208 del Código Penal)
Delitos Instantáneos: aquellos en los que la acción termina en el mismo instante en que el delito queda
consumado (el homicidio)
Delitos Permanentes: aquellos en los que el proceso ejecutivo perdura en el tiempo (el secuestro)
Delitos Simples: son los delitos cuya acción viola un solo derecho o bien jurídico (el delito de homicidio,
el cual destruye el bien jurídico de la vida).
Los Delitos Complejos: delitos en los que la acción respectiva ofende varios derechos o bienes jurídicos
(violación de una mujer que ofende o ataca, en primer lugar, la libertad sexual de entregarse a quién
ella elija, y en segundo lugar, ataca el bien jurídico del pudor, de la honestidad.
Delitos Conexos: los que están tan íntimamente vinculados, que los unos son consecuencia de los otros
(el robo inicial y el homicidio perpetrado para encubrir el robo)
Delitos de Acción Pública: aquellos en los cuales el enjuiciamiento del sujeto activo es, del todo,
independiente de la voluntad de la persona agraviada (el
Los Delitos de Acción Privada: aquellos en los cuales el enjuiciamiento del sujeto activo está
subordinado a la instancia de la parte agraviada o de sus representantes regales (el delito de
difamación).
Los Delitos Dolosos (o Intencionales): aquellos en los cuales el resultado antijurídico coincide con la
intención delictiva del agente, como ocurre en el homicidio doloso: un individuo quiere matar a otro y
en efecto lo mata.
Delitos Culposos: aquellos en los cuales el agente no se propone cometer delito alguno, sino que el acto
delictivo ocurren por negligencia, imprudencia, impericia en su profesión, arte o industria o por
inobservancia de los reglamentos, órdenes o instrucciones (los accidentes de tránsito, en cualquiera de
las circunstancias descritas).
Otras Clasificaciones Según El Código Penal Venezolano:
• Delitos Formales y Materiales
• Delitos de Daños y Delitos de Peligro
• Delitos Comunes y Delitos Especiales
• Delitos Flagrantes y Delitos No Flagrantes
• Delitos Individuales y Delitos Colectivos
• Delitos de Sujeto Active Indiferente y de Sujeto Activo Calificado
• Delitos de Sujeto Pasivo Indiferente y de Sujeto Pasivo Calificado
• Delitos Principales y Delitos Accesorios
• Delitos Tipos y Delitos Circunstanciados
• Delitos de Fraude y Delitos de Violencia
FALTAS
Actos ilícitos penales que
lesionan los derechos
personales, patrimoniales y
sociales pero que por su
intensidad no constituyen
delitos
FALTAS SEGÚN EL CPC(2005)
Contra el Orden Público (artículos 483 al 508)
Concernientes a la Moralidad Pública (artículos 530 al 537)
Relativas a la Seguridad Pública (artículos 509 al 529)
Relativas a la Protección Pública de la Propiedad (artículos 538 al 544)
En Forma General: Acción sancionada
por el Derecho con una pena.
Concepto Formal: es una conducta
humana amenazada con una pena
Concepto Material: es una conducta
humana que agrede un bien jurídico
Concepto Analítico: conducta típica,
antijurídica
Comprende en su mayor generalidad,
todos los hechos a los cuales la ley haya
preferido una pena que se encuentra
tipificada en las diferentes leyes
penales.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.