Fusión: Es la unión de dos o más
sociedades, que se unen legalmente
para formar otra sociedad
Fusionante: Adquiriente
Fusionadas: Sociedades absorbidas
Motivos por los que se da la fusión de
sociedades
Ha perdido competitividad
Considera la posibilidad de
expandir su mercado
Estrategia financiera, para
venta de producto nuevo
Considera una nueva
estrategia fiscal
Puntos a considerar para convenio de fusión
Tipo de fusión
Aclarar cual sociedad sera la
fusionante y cual la fusionada
Importe de la participación de los
socios de las fusionadas
Momento en que ha de surtir
efecto la fusión
Forma de garantizar o extinguir los
pasivos de las fusionadas
Efectos de fusión respecto a las relaciones
laborales de las fusionadas
Tipos de fusión
Por absorción (incorporación)
Las soc. fusionadas desaparecen y se
incorporan a la fusionante
La fusionante asume los bienes, derecho
y obligaciones
Caracteristicas
La contraprestación no se
realiza en dinero
No hay liquidación de
patrimonio de la soc.
asborbente
La soc. recibe acciones en lugar
de cuotas de liquidación
Por integración (Pura)
Se da cuando 2 o más soc.
deciden unirse en una sola,
juridicamente,
desapareciendo ambas y
dando lugar a una nueva
Métodos de fusión
Vertical
Es cuando las soc.fusionadas realizan actividades
diferentes a la fusionante; de producción,
adquisición o distribución
Horizontal
Es cuando las sociedades realizan el mismo
giro de actividades
Consideraciones
Transmisión de patrimonio de las
fusionadas a la nueva (fusionante)
La extinción de las fusionadas y el
vinculo son sus socios o con terceros
Sustitución de deudor, respecto a los
acreedores de las fusionadas
El nuevo vínculo jurídico entre el fusionante
y los socios de las fusionadas
Financieras
Contar con Estados financieros con
criterios contables uniformes
Las cuentas de cobro dudoso podrán
disminuirse del capital social
Determinar el valor real de los activos fijos
Valuar las existencia en inventarios
Constituir el pasivo por indemnizaciones,
jubilaciones, impuestos, infonavit,
Fiscales
Art. 14, no se considera enajenación cuando:
Se presente el aviso de fusión
que la fusionante realice las actividades de las fusionada
antes de la fusión como mínimo un año inmediato posterior
a la fecha de fusión
Que la soc, que subsista presente las
declaraciones de impuestos de las fusionadas
Art. 23.-
Que la fusionante o la que resulte presente el
aviso por las soc. que desaparezcan, junto con
la ultima declaración, y la constancia de la
inscripción en el Registro Público de Comercio