CAPÍTULO II. DISPOSICIONES APLICABLES A LOS VERTIMIENTOS PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES.
ARTÍCULO 3o. DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA DE VERTIMIENTOS CUANDO LA CAPTACIÓN Y LA
DESCARGA SE REALICEN EN EL MISMO CUERPO DE AGUA.
ARTÍCULO 4o. DE LOS VERTIMIENTOS PUNTUALES CON SUSTANCIAS RADIACTIVAS O RADIOISÓTOPOS.
ARTÍCULO 5o. DEL PARÁMETRO DE TEMPERATURA Y DE LA ZONA DE MEZCLA TÉRMICA.
CAPÍTULO III. VALORES LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES MICROBIOLÓGICOS EN VERTIMIENTOS
PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES (ARD Y ARND) A CUERPOS DE AGUAS SUPERFICIALES.
ARTÍCULO 6o. PARÁMETROS MICROBIOLÓGICOS DE ANÁLISIS Y REPORTE EN LOS VERTIMIENTOS
PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES (ARD Y ARND) A CUERPOS DE AGUAS SUPERFICIALES.
CAPÍTULO IV. PARÁMETROS DE INGREDIENTES ACTIVOS DE PLAGUICIDAS DE LAS CATEGORÍAS
TOXICOLÓGICAS IA, IB Y II Y SUS VALORES LÍMITES
ARTÍCULO 7o. PARÁMETROS DE INGREDIENTES ACTIVOS DE PLAGUICIDAS DE LAS CATEGORÍAS
TOXICOLÓGICAS IA, IB Y II Y SUS VALORES LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES EN LOS VERTIMIENTOS
PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES NO DOMÉSTICAS (ARND) A CUERPOS DE AGUAS SUPERFICIALES Y
AL ALCANTARILLADO PÚBLICO.
CAPÍTULO V. PARÁMETROS FISICOQUÍMICOS Y SUS VALORES LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES EN LOS
VERTIMIENTOS PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES DOMÉSTICAS, (ARD) Y DE LAS AGUAS RESIDUALES
(ARD – ARND) DE LOS PRESTADORES DEL SERVICIO PÚBLICO DE ALCANTARILLADO A CUERPOS DE
AGUAS SUPERFICIALES.
ARTÍCULO 8o. PARÁMETROS FISICOQUÍMICOS Y SUS VALORES LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES EN LOS
VERTIMIENTOS PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES DOMÉSTICAS, (ARD) DE LAS ACTIVIDADES
INDUSTRIALES, COMERCIALES O DE SERVICIOS; Y DE LAS AGUAS RESIDUALES (ARD Y ARND) DE LOS
PRESTADORES DEL SERVICIO PÚBLICO DE ALCANTARILLADO A CUERPOS DE AGUAS SUPERFICIALES.
CAPÍTULO VI. PARÁMETROS FISICOQUÍMICOS Y SUS VALORES LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES EN LOS
VERTIMIENTOS PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES NO DOMÉSTICAS (ARND) A CUERPOS DE AGUAS
SUPERFICIALES.
ARTÍCULO 9o. PARÁMETROS FISICOQUÍMICOS A MONITOREAR Y SUS VALORES LÍMITES MÁXIMOS
PERMISIBLES EN LOS VERTIMIENTOS PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES NO DOMÉSTICAS (ARND) A
CUERPOS DE AGUAS SUPERFICIALES DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DE AGROINDUSTRIA Y
GANADERÍA.
ARTÍCULO 10. PARÁMETROS FISICOQUÍMICOS A MONITOREAR Y SUS VALORES LÍMITES MÁXIMOS
PERMISIBLES EN LOS VERTIMIENTOS PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES NO DOMÉSTICAS (ARND) A
CUERPOS DE AGUAS SUPERFICIALES DE ACTIVIDADES DE MINERÍA.
ARTÍCULO 11. PARÁMETROS FISICOQUÍMICOS A MONITOREAR Y SUS VALORES LÍMITES MÁXIMOS
PERMISIBLES EN LOS VERTIMIENTOS PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES NO DOMÉSTICAS (ARND) A
CUERPOS DE AGUAS SUPERFICIALES DE ACTIVIDADES ASOCIADAS CON HIDROCARBUROS (PETRÓLEO
CRUDO, GAS NATURAL Y DERIVADOS).
ARTÍCULO 12. PARÁMETROS FISICOQUÍMICOS A MONITOREAR Y SUS VALORES LÍMITES MÁXIMOS
PERMISIBLES EN LOS VERTIMIENTOS PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES NO DOMÉSTICAS (ARND) A
CUERPOS DE AGUAS SUPERFICIALES DE ACTIVIDADES ASOCIADAS CON ELABORACIÓN DE PRODUCTOS
ALIMENTICIOS Y BEBIDAS.
ARTÍCULO 13. PARÁMETROS FISICOQUÍMICOS A MONITOREAR Y SUS VALORES LÍMITES MÁXIMOS
PERMISIBLES EN LOS VERTIMIENTOS PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES NO DOMÉSTICAS (ARND) A
CUERPOS DE AGUAS SUPERFICIALES DE ACTIVIDADES ASOCIADAS CON FABRICACIÓN Y
MANUFACTURA DE BIENES
ARTÍCULO 14. PARÁMETROS FISICOQUÍMICOS A MONITOREAR Y SUS VALORES LÍMITES MÁXIMOS
PERMISIBLES EN LOS VERTIMIENTOS PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES NO DOMÉSTICAS (ARND) DE
ACTIVIDADES ASOCIADAS CON SERVICIOS Y OTRAS ACTIVIDADES.
CAPÍTULO VII. ACTIVIDADES INDUSTRIALES, COMERCIALES O DE SERVICIOS DIFERENTES A LAS
CONTEMPLADAS EN LOS CAPÍTULOS V Y VI CON VERTIMIENTOS PUNTUALES A CUERPOS DE AGUA
SUPERFICIALES.
ARTÍCULO 15. PARÁMETROS FISICOQUÍMICOS Y SUS VALORES LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES EN LOS
VERTIMIENTOS PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES NO DOMÉSTICAS (ARND) PARA LAS ACTIVIDADES
INDUSTRIALES, COMERCIALES O DE SERVICIOS DIFERENTES A LAS CONTEMPLADAS EN LOS CAPÍTULOS
V Y VI CON VERTIMIENTOS PUNTUALES A CUERPOS DE AGUA SUPERFICIALES.
CAPÍTULO VIII. PARÁMETROS FISICOQUÍMICOS Y SUS VALORES LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES EN
LOS VERTIMIENTOS PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES NO DOMÉSTICAS (ARND) AL
ALCANTARILLADO PÚBLICO.
ARTÍCULO 16. VERTIMIENTOS PUNTUALES DE AGUAS RESIDUALES NO DOMÉSTICAS (ARND) AL
ALCANTARILLADO PÚBLICO.
CAPÍTULO IX. DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 17. DE LA EXCLUSIÓN DE PARÁMETROS DE LA CARACTERIZACIÓN.
ARTÍCULO 18. RECOPILACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LOS PARÁMETROS.