Justifica la realizacion de una
conducta tipica por parte de quien
obra en defensa de bienes juridicos
propios o de terceros
El derecho a la legitima defensa
nace, desde el momento en que el
agresor manfiesta intención de
agredir
Para ser legitima defensa,la
respuesta del agredido debe
ser proporcional a la agresión
Para la legitima defensa la ley sanciona tres
requisitos: el que hubiere transgredido los
limites impuestos por la ley, la autoridad o la
propia necesidad
Estado de necesidad, aunque
nace de la legitima de
defensa, se refiere al
resguardo de los intereses
colectivos.
Diferencias entre
Legitima Defensa y
Estado de necesidad
En la legítima defensa se
enfrentan el interés ilegítimo
del sujeto agresor y el interés
legítimo del sujeto agredido.
En la legítima defensa el peligro
es provocado por una persona,
en el estado de necesidad, el
peligro es generado por una
multiplicidad de factores,
Entre la legítima defensa y el estado de
necesidad, existe una diferencia
fundamental, que consiste en los
intereses de ambas, puesto que en la
legitima defensa los intereses de los
sujetos activos y pasivos son
antagónicos, ya que hay un interés
malo y otro bueno; y en el estado de
necesidad, ambos intereses son valiosos
y protegidos por el derecho penal.
IMPUTABILIDAD
Es la capacidad del ser humano, para entender que su
conducta lesiona los intereses de sus semejantes, es
atribuir las consecuencias de su accionar
Imputabilidad disminuida por enfermedad mental
Imputabilidad por embriaguez
CULPABILIDAD
Se define como el juicio de reproche dirigido al
sujeto por haber mantenido un comportamiento
psicológico contrario a las exigencias de la
norma.
Genera rechazo
Se considera culpable quien al momento de
realizar la conducta reprochable conocía la ilicitud
del acto, y dicho conocimiento es actual y efectivo
Se considera culpable, quien actúe libre de
coacción y con autodeterminación de sus
actos
La culpabilidad recae sobre el agente y no sobre el hecho
Como se puede observar estos elementos son pilares de la Teoría del
Delito y se encuentran tipificadas en la Ley, para así justificar la
acción de un sujeto que transgrede la Ley, siempre y cuando sus
acciones no sean exacerbadas