Los caracteres principales del ordenamiento jurídico internacional actual están marcados por los
caracteres de la Sociedad Internacional contemporánea.1. una estructura relacional reflejada en una
Sociedad Internacional predominantemente interestatal, descentralizada, paritaria y fragmentada,
que impone una relación jurídico-formal de carácter también relacional, regida por los principios de
igualdad soberana y no intervención; 2. una estructura institucional reflejada primordialmente en la
cooperación institucionalizada a través de las Organizaciones Internacionales regida por el principio de
cooperación pacífica; 3. una estructura comunitaria regida por el principio de la solidaridad que se
encuentra todavía en proceso de formación y que propende o debe propender a un perfeccionamiento
de la Comunidad y a una mayor humanización de la misma.
Caracteres derivados de la estructura social En la estructura relacional son los Estados los únicos
sujetos que intervienen en la creación y aplicación de las normas. Este punto de partida nos coloca de
inmediato en la tensión formal del ordenamiento jurídico internacional que es la existente entre la
soberanía e independencia de los Estados, por un lado, y la necesidad de cooperación pacífica de todos
ellos, por otro. Uno de los rasgos más característicos de este ordenamiento jurídico es la
extraordinaria relevancia del consentimiento del Estado soberano tanto en la creación como en la
aplicación de las normas internacionales, en el contexto de un ordenamiento jurídico eminentemente
descentralizado.
Caracteres derivados de la estructura institucional: la incidencia de las Organizaciones
Internacionales La estructura institucional está basada en la existencia de una pluralidad de
Organizaciones Internacionales creadas por los Estados y en las que estos últimos participan como
miembros, que dan origen a normas de cooperación. Para la creación de normas, en el seno de las
Organizaciones Internacionales se han creado procedimientos de codificación y desarrollo
progresivo del Derecho internacional, de gran importancia en cuanto que por un lado sirven para
corregir la indeterminación de las normas jurídicas internacionales, y por otro constituyen
instrumentos de transformación del ordenamiento jurídico internacional. En el ámbito de la
interpretación de las normas, la incidencia de las Organizaciones Internacionales sobre los
caracteres recíproco, relativo y particular del Derecho internacional es importante. En relación con la
aplicación de las normas, el Derecho internacional cont
Caracteres derivados de la estructura comunitaria: normas protectoras de intereses colectivos, normas
de ius cogens y obligaciones erga omnes Si partimos de un criterio distintivo que atiende al interés
protegido por las normas internacionales, observamos que existen normas que pretenden satisfacer,
bien el interés individual de los Estados y que son propias de la estructura relacional, o bien el interés
común de un grupo de Estados y que son propias de la estructura institucional. Pero, junto a esas
reglas, también hay otras que protegen intereses colectivos que pretenden la realización solidaria de
un cierto orden público internacional basado en la adhesión a un mismo código de valores mínimos;
estas reglas son características de la estructura comunitaria.
Las posturas constitucionalistas Para la corriente constitucionalista, la constitucionalización del ordenamiento jurídico
internacional no es un simple ejercicio teórico sino, de una parte, una inducción de la práctica internacional y, de otra, una
necesidad derivada de las contradicciones de la escena internacional actual y las exigencias de un orden público
internacional que tenga características constitucionales: jerarquía, estabilidad y seguridad.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.