Impuesto que debe pagar toda
persona natural o jurìdica sobre
las utilidades o rentas que logre
durante un año determinado en el
año gravable sobre el que se paga,
que es el año anterior.
Elementos
Sujeto
Activo: Estado
Pasivo: Contribuyente
Hecho gravado
Actividad que da
origen al cobro del
impuesto
Base gravable
Valor sobre la cual se
aplica la tarifa
Tarifa
Porcentaje para la
liquidaciòn del impuesto
UNIMINUTO - LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
YULY ALEXANDRA CARDOZO SOTO
ID 648404
Entidades contribuyentes
Asimiladas a sociedades
anónimas, industriales,
comerciales y sociedades de
economias mixtas
Si alguna de
estas generan
perdidas, declaran
pero no pagan.
Formularios
Formularios 110 y 210 de la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
La declaración y pago del impuesto
sobre la renta para personas naturales
se deberá presentar a partir del 6 de
agosto al el 14 de octubre, teniendo en
cuenta los últimos dos dígitos de la
cédula de ciudadanía, llevando el consecutivo.
Contribuyentes del
régimen tributario especial
Son las entidades
sin ánimo de lucro:
Asociaciones -
Corporaciones -
Fundaciones -
- Legalmente constituidas -Su
objeto debe ser directamente
con la comunidad -El dinero no
debe ser para lucro propio
La entidad que supere los
160.000 UVT presentan una
memoria económica.Así mismo
para continuar gozando del
impuesto deben cumplir con
todo los reglamentos
establecidos para este régimen
especial
¿QUE ES UVT?
UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO:
Estandariza los valores
tributarios en Colombia. Se fija
anualmente mediante la
resolución de la DIAN basado en
el IPC y economía del país.
Entidades no
contribuyentes
(No declaran
No pagan)
Corporaciones autónomas, Sociedad de la cruz roja
colombiana , Asociación de padre de familia, Instituto
de bienestar familiar, Resguardos indígenas y
comunidad de negros.
Entidades no
contribuyentes declarantes
(Declaran pero no pagan)
Fondos de empleados, Fondos de inversión,
Sindicatos, Asociaciones gremiales, Iglesias,
Partidos políticos, Asociaciones y federaciones.