Forma de pago por el que una persona (librador) ordena a un banco pagar una cantidad de dinero a otra empresa o persona
Librador
Cliente: Persona que ordena pagar
Librado
Persona que bajo ordenes paga una cantidad
Tenedor
Vendedor: Persona que cobra el cheque
Tipos
Al portador
Cualquier persona que tiene este cheque puedo cobrarlo, aunque se pierda y lo encuentre otro
Nominativo
Solo la persona o empresa cuyo nombre figura en el cheque puede cobrarlo. Los derechos de cobro se pueden trasferir mediante un endoso
Cruzado
El cheque se cruza cuando se dibujan dos lineas diagonales paralelas en la parte posterior. Esto significa que solo puede cobrarse en un determinado banco
Para abonar en cuenta
El cheque solo podrá ser retirado a una cuenta y no en efectivo
Conformado
Aqui la entidad bancaria se asegurará de que hay fondos y que por tanto se podrá pagar.
Letra de cambio
Documento por el que una persona ordena a otra el pago de una concreta cantidad de dinero con una fecha de vencimiento. El pago se puede hacer a el librador o a un tomador.
Librador
Persona que emite la letra de cambio.
Librado
Persona a la que va dirigida la letra de cambio
Tomador
Persona que tiene que cobrar la letra de cambio
EL RECIBO
Documento en el que se ve reflejado que ha recibido una cantidad de dinero.