Sentencia C-067/03 BLOQUE DECONSTITUCIONALIDAD

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Jhimy Roa Tamayo
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Jhimy Roa Tamayo
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Resumo de Recurso

Sentencia C-067/03 BLOQUE DECONSTITUCIONALIDAD
  1. Es el Estatuto Superior, compuesto por un grupo más amplio de principios, reglas y normas de derecho positivo
    1. El cual
      1. Transmite la idea de que la constitución de un Estado es mucho más amplia que su texto constitucional.
        1. sus orígenes
          1. Se utilizó el concepto de normas de constitucionalidad en el seno del Consejo Constitucional de la Quinta República “principios y reglas de valor constitucional”, para referencia al conjunto de normas situadas en el nivel constitucional, cuyo respeto se impone a la Ley
            1. De hay
              1. En las decisiones D-39 del 19 de junio de 1970 y D-44 del 16 de julio de 1971 en donde el Consejo Constitucional reconoció el valor constitucional del preámbulo de la Constitución de 1958
                1. Rubio Llorente refirió al bloque como “un conjunto de normas que ni están incluidas en la Constitución ni delimitan competencia, pero cuya infracción determina la inconstitucionalidad de la ley sometida a examen”
                  1. la Constitución austriaca decidió integrar las normas de Derecho Internacional a su bloque de constitucionalidad.
                    1. Luego de arraigarse en Europa, el criterio del bloque hizo su aparición en la jurisprudencia colombiana, aunque su presentación inicial no fue del todo aceptada, en donde desde la constitución de 1991 l El bloque de constitucionalidad en la Carta de 1991, inicio el acoplamiento de las disposiciones internacionales al orden constitucional interno, pero desde el año 1995 la Corte Constitucional adoptó el concepto de bloque de constitucionalidad.
                      1. Se realizó la introducción
                        1. En el texto constitucional de seis importantes artículos que definirían los parámetros de adopción de las normas internacionales en el orden interno de los “Art. 9º, Art. 93, Art. 94, Art. 214 Numeral 2, el Art. 53 y el Art. 102 en su inciso 2
                          1. Uno de los primeros fallos en aplicar la normatividad constitucional fue la Sentencia T-409 de 1992.sobre el deber de prestar el servicio militar y el derecho a la libertad de conciencia a la luz del criterio de la obediencia debida
                            1. En donde el subalterno podría negarse a obedecer la orden impartida por su superior, si ella consiste en infligir torturas a un prisionero o en ocasionar la muerte fuera de combate, ya que lesionan, afectan los tratados internacionales y derechos humanos, chocando con la Constitución.
        2. En la Sentencia C-574 de 1992
          1. se sostiene que los convenios sobre derecho internacional humanitario tienen carácter prevalente sobre la legislación nacional, donde el DIH son normas obligatorias.
            1. Por ser uno de los más eficaces instrumentos de protección del núcleo común, donde Colombia reconoce los derechos humanos y prohíben su limitación en los estados de excepción (CP art. 93).” El preámbulo de la Constitución también hace parte del bloque de constitucionalidad porque da sentido a los preceptos constitucionales y señala al Estado las metas hacia las cuales debe orientar su acción; el rumbo de las instituciones jurídicas.
          2. Fuerza normativa del Bloque de Constitucionalidad
            1. Donde el preámbulo, los principios, valores y reglas constitucionales son obligatorios y de forzoso cumplimiento en el orden interno, las normas del bloque de constitucionalidad son fuente de derecho obligatoria para todos los asociados.
              1. La Corte Constitucional, cabeza de la jurisdicción constitucional cumple su función de máximo y auténtico intérprete de la Carta, cuyo sentido y alcance le corresponde inequívocamente establecer frente a todos y cada uno de los órganos del Estado, lo mismo que frente a las personas.

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