TIPOS DE DERECHOS REALES

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TIPOS DE DERECHOS REALES
Amelia Velasco
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Amelia Velasco
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Resumo de Recurso

TIPOS DE DERECHOS REALES
  1. El poder jurídico que una persona ejerce en forma directa e inmediata sobre una cosa, que le permite su aprovechamiento total o parcial en sentido jurídico y es oponible a terceros.
    1. DERECHOS DE AUTOR.
      1. Los Derechos de un autor son objeto de reconocimiento constitucional en el Art. 28 de la Carta Magna, disposición en cuyo párrafo IX establece que no son monopolios los privilegios concedidos a los que para el uso exclusivo de sus inventos se otorga a los inventores y perfeccionadores de alguna manera. Por su parte, en el Art. 2º de la Ley se establece que sus disposiciones son de orden público, de interés social y observancia general en todo el territorio de la República
      2. LA PROPIEDAD.
        1. El Art. 830 del Código Civil Federal, lo define como el Derecho de gozar y disponer de las cosas de la manera más absoluta, siempre que no se haga de ellas un uso prohibido por las Leyes y los reglamentos.al descomponer las prerrogativas acordadas al propietario, se enumera el usus o el derecho a servirse de la cosa, el fructus o derecho a percibir sus frutos, el abusus o derecho a disponer de la cosa. (derecho romano)
          1. 1- El Jus Utendi: es decir, el Derecho de usar la cosa.
            1. 2- Jus Fruendi: el Derecho a hacer propios los frutos producidos por aquella.
              1. 3- Jus Abutendi: el Derecho de consumirla y a disponer de ella, son los caracteres cuyo conjunto integran al Derecho de Propiedad
                1. 4- Ex Jure: el derecho romano consideró, Esta era la característica de un dominio como un derecho absoluto, exclusivo y perpetuo para usar, disfrutar y disponer de una cosa
              2. COPROPIEDAD
                1. Hay Copropiedad cuando una cosa o un derecho pertenecen pro indiviso a varias personas” la cosa o el Derecho según esta norma es de varias personas, sin que se pueda decir cual parte especifica corresponde a cada uno, pues la cosa es de todos, sin división material de partes.
                  1. 1. Temporales y permanentes.
                    1. 2. Reguladas y no reguladas
                      1. 3. Sobre un bien determinado y sobre una universalidad
                        1. 4. Por acto entre vivos y causa de muerte.
                          1. 5. Status del copropietario.
                            1. 6. Situación jurídica respecto de la cosa.
                          2. PROPIEDAD EN CONDOMINIO
                            1. Tiene por una parte la propiedad exclusiva y singular respecto de una casa, departamento, vivienda, piso o local, como una unidad privativa de las que un inmueble consta y por la otra, una participación en la copropiedad de los elementos comunes de dicho inmueble, en proporción al valor de su unidad. Se tiene derecho a Exigir inventario y vigilancia por parte del administrador, así como de los que en lo sucesivo se adquiera o se den de baja.
                            2. TIEMPO COMPARTIDO
                              1. En el caso del tiempo compartido, el Derecho Real que se ejerce es que se aprovecha únicamente de manera parcial (por un tiempo determinado) se utiliza en un contrato para ocupar una casa, de dos dueños y lo ocupan cada uno temporalmente.
                              2. USUFRUCTO
                                1. El usufructo es un Derecho Real temporal en oposición a permanente; es un Derecho por esencia con duración limitada, cuyo término puede variar según las características de cada caso de constitución El titular del usufructo ejerce un poder jurídico sobre el bien usufructuado que le permite su aprovechamiento parcial. Ese aprovechamiento consiste en la posibilidad de usar y disfrutar dicho bien. se integra por el uso, el disfrute y la disposición de la cosa, queda desgajado y de ello, el uso y el disfrute pasan a ser de la titularidad del usufructuario
                                  1. Obligaciones
                                    1. Primera. Deberá restituir la cosa al propietario en el estado en que la recibió
                                      1. Segunda. Deberá rendir cuentas, con responsabilidad respecto de los daños y perjuicios causados.
                                  2. CONCEPTO DE USO
                                    1. El uso puede definirse como el Derecho Real, temporal, que permite a su titular, el usuario, hacer suyos los frutos que de un bien ajeno requiera para satisfacer sus necesidades y las de su familia, Art. 1051, el usuario no puede enajenar, gravar, ni arrendar ni en todo ni en parte su derecho, ni este pueden ser embargado por los acreedores de aquel. El uso puede recaer sobre un mueble o sobre un inmueble, El uso puede ser oneroso o gratuito.
                                    2. CONCEPTO DE HABITACIÓN
                                      1. El Derecho Real, temporal, que permite a su titular, el habitarlo, ocupar gratuitamente las piezas que de una casa ajena requiera para él y para su familia. Art. 1051 del Código Civil Federal, el Derecho Real de habitación es inalienable e inembargable. debe ser por esencia, respecto de un bien raíz, concretamente una casa habitación, la habitación es siempre gratuita por definición legal.
                                      2. LAS SERVIDUMBRES
                                        1. La servidumbre es un gravamen Real impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño. El inmueble a cuyo favor esta constituida la servidumbre, se llama predio dominante; el que la sufre, predio sirviente”. El Código Civil Federal, establece el artículo 1057. no es sino un Derecho de utilizar algún aspecto del predio ajeno vecino o de impedir determinados actos al poseedor de este último. es un Derecho Real del que el propietario o poseedor de un predio llamado predio dominante es titular, soportado por otro predio vecino llamado predio sirviente
                                          1. Clasificaciones de las Servidumbres
                                            1. 1- Servidumbres rústicas y urbanas
                                              1. 2. Servidumbres positivas y negativas
                                                1. 3. Servidumbres continuas y discontinuas.
                                                  1. 4. Servidumbres aparentes y no aparentes.
                                                    1. 5. Servidumbres legales y voluntarias

                                              Semelhante

                                              Espanhol Básico
                                              Alessandra S.
                                              Noções de Direito Administrativo
                                              Alynne Saraiva
                                              Curiosidades do Mundo: Fatos da História
                                              Alessandra S.
                                              DIREITO PROCESSUAL PENAL
                                              Joelma Silva
                                              Óptica Geométrica
                                              Sara Soares
                                              Desafios da formação
                                              Carol Barbon
                                              Aprendizagem Baseada em Problemas: como aplicar em sala de aula
                                              Alice Sousa
                                              Imperialismo e Neocolonialismo
                                              Daniel Lima
                                              Tipos: Reprodução
                                              Andrea Barreto M. Da Poça
                                              FLUXOGRAMA PARA ATENDIMENTO E ACOMPANHAMENTO ACIDENTE COM EXPOSICAO A MATERIAL BIOLÓGICO (AEMB)
                                              Hyago Connor
                                              Instrumentação Cirúrgica
                                              Lia Argenton