Según el ART. 25 del Código Tributario, nos dice:
"Contribuyente es la persona natural o
jurídica a quien la ley impone la
prestación tributaria por la verificación
del hecho generador"
El contribuyente quien, según la ley,
soportar la carga tributaria, aunque realice
su traslación a otras personas.
OBLIGACIONES DEL
CONTRIBUYENTE
Según el ART. 15 del Código Tributario, nos dice:
"Obligación tributaria es el vínculo jurídico personal,
existente entre el Estado o las entidades
acreedoras de tributos y los contribuyentes o
responsables de aquellos, en virtud del cual debe
satisfacerse una prestación en dinero, especies o
servicios apreciables en dinero, al verificarse el
hecho generador previsto por la ley."
Principales obligaciones de los
contribuyentes
º Obligación de pagar la deuda y
sanciones que puedan
imponerse.
ºObligación de formular cuantas
declaraciones o modificaciones se
exijan para cada tributo
º Obligación de proporcionar a la
administración los datos, informes,
antecedentes y justificantes que tengan
relación con el hecho imponible,
facilitando la práctica de inspecciones y
comprobaciones.
ºObligación de declarar su domicilio
fiscal y/o administrativo y
mantenerlo actualizado.
Derechos de los sujetos
pasivos
1. A ser tratado con imparcialidad, respeto, sin
discriminación, con cortesía, consideración y ética por el
personal de la administración tributaria
2. A ser informado y asistido de manera correcta y
veraz por la administración tributaria en el ejercicio
de sus derechos y el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias
3. A formular consultas y a obtener
respuesta oportuna, de acuerdo con los
plazos legales establecidos
4. A presentar solicitudes, peticiones y reclamos de
conformidad con la ley y a recibir respuesta oportuna
5. A acceder a la información que repose en la
administración tributaria, relativa a sí mismo, o sus
bienes
6. A acceder a las actuaciones administrativas y conocer el
estado de tramitación de los procedimientos, así como solicitar
copias de los expedientes administrativos en que sea parte, a
su costa
7. A ser informado al inicio de las actuaciones de
control o fiscalización relativas a sí mismo o a
sus bienes, sobre la naturaleza y alcance de
estas, así como de sus derechos y deberes en
el curso de tales actuaciones y a que estas se
desarrollen en los plazos de Ley
8. A conocer la identidad del servidor de la
administración tributaria, bajo cuya
responsabilidad se tramitan los procedimientos en
que sea parte
9. A no proporcionar los documentos ya
presentados, y que se encuentren en poder de la
administración tributaria
10. A la corrección de declaraciones, en la
forma y con los límites previstos en este
código y la ley
11. A impugnar los actos de la administración tributaria en
los que se considere afectado, de acuerdo con lo
establecido en el presente código, y a obtener un
pronunciamiento expreso y motivado por parte de la
administración tributaria
12. A presentar denuncias
tributarias, administrativas,
quejas y sugerencias ante la
administración tributaria
13. A obtener las devoluciones de
impuestos pagados indebidamente o
en exceso que procedan conforme a
la ley con los intereses de mora
previsto en este código
DEBERES FORMALES DEL
CONTRIBUYENTE SEGÚN EL SRI
1. ¿Quiénes están obligados a
inscribirse en el RUC?
Todas las personas naturales y sociedades,
nacionales y extranjeras, que inicien o realicen
actividades económicas en el país en forma
permanente u ocasional.
Si un contribuyente fallece, el RUC
se CANCELA y se ubicará en
estado PASIVO. Se verificará la
fecha de fallecimiento en los
medios que el SRI disponga,
2. Los comprobantes de venta autorizados
Son documentos que sustentan la transferencia de
bienes y/o la presentación de servicios o cualquier otra
transacción gravada con tributos. Estos documentos
cuentan con autorización del SRI para ser emitidos.
¿Qué tipos de comprobantes
de venta existen?
1. Notas de venta (solo para
RISE).
2. Facturas
3.Liquidaciones de compra de
bienes y prestación de
servicios.
3. Presentar las declaraciones y pagar los impuestos
IVA - Obligatoria en todos los casos.
Impuesto a la Renta (anual) -Obligatoria solo si
supera la base exenta de ingresos de la tabla
del Impuesto a la Renta para personas
naturales que se ja anualmente.
ICE (mensual) -Solo si produce bienes o servicios
gravados con este impuesto.
Los contribuyentes están clasificados
de la siguiente manera: según el SRI:
Personas naturales: 1.Obligados a llevar
contabilidad Públicas 2.No obligados a llevar
contabilidad
Personas jurídicas: 1.Publicas 2.Privadas
Responsables de la
contribución son:
Responsable por
representación:
1. Los representantes legales de
los menores no emancipados
2.Los directores, presidentes,
gerentes o representantes de
las personas jurídicas y demás
entes colectivos con personalidad
legalmente reconocida
3. Los mandatarios, agentes
oficiosos o gestores voluntarios
respecto de los bienes que
administren o dispongan
4.Los que dirijan, administren o
tengan la disponibilidad de los
bienes de entes colectivos que
carecen de personalidad jurídica
5.Los síndicos de quiebras o de concursos
de acreedores, los representantes o
liquidadores de sociedades de hecho o de
derecho en liquidación, los depositarios
judiciales y los administradores de
bienes ajenos, designados judicial o
convencionalmente.
Responsable como
adquirente o sucesor
1.Los adquirentes de bienes
raíces, por los tributos que
afecten a dichas propiedades,
correspondientes al año en que
se haya efectuado la
transferencia y por el año
inmediato anterior.
2.Los adquirentes de
negocios o empresas,
por todos los tributos
que se hallare
adeudando el tradente,
generados en la
actividad de dicho
negocio o empresa .
3.Las sociedades que
sustituyan a otras,
haciéndose cargo del activo
y del pasivo, en todo o en
parte, sea por fusión,
transformación, absorción o
cualesquier otra forma.
4. Los sucesores a título
universal, respecto de los
tributos adeudados por el
causante.
5. Los donatarios y los sucesores
a título singular, respecto de los
tributos adeudados por el
donante o causante
correspondientes a los bienes
legados o donados.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.