Es el reconocimiento que
otorga el Estado a todo
creador de obras literarias
y artísticas y éste goza de
derecho PATRIMONIAL y MORAL.
DERECHO
PATRIMONIAL
Facultad que tiene el autor para explotar
por sí mismo su obra, así como autorizar o
prohibir a terceros dicha explotación
DERECHO
MORAL
Derecho de todo autor a ser
reconocido como tal
La VIGENCIA que tiene es de la vida del
autor y 100 años después de su muerte,
con las excepciones que establezca la
ley.
EJEMPLO
"Autorretrato"
-Frida Kahlo, 19938
RESERVA DE DERECHOS
¿QUÉ ES?
Es la facultad de usar y explotar
en forma exclusiva: títulos de
publicaciones periódicas, títulos
de difusiones periódicas,
nombres y características de
personajes humanos ficticios o
simbólicos, promociones publicitarias.
Las reservas de derechos otorgadas para para publicaciones
y difusiones tienen VIGENCIA de 1 año, para la
caracterización de personas humanas, personajes ficticios o
simbólicos de 5 años.
Pueden ser RENOVADOS por periodos sucesivos iguales a excepción de las
promociones publicitarias.
EJEMPLO
James Bond, personaje sustraído de novelas y transportado a películas.
DERECHOS CONEXOS
Son los derechos que tienen los artistas,
intérpretes, ejecutantes y productores, así como
los organismos de radio difusión.
Su DURACIÓN es de 70 años a partir del 31
de diciembre del año de la publicación de los fonogramas, y
de 70 años desde la publicación de las interpretaciones.
La protección de las emisiones de los organismos de
radiodifusión tendrá una duración de 50 años
EJEMPLO
Comercial de radio en el que contratan un
artista y éste crea la letra y luego contrata a un
grupo musical.