Es la probabilidad de que se
produzca una pérdida financiera por
circunstancias macroeconómicas,
políticas o sociales, o por desastres
naturales, en un país determinado.
Es el riesgo de crédito (riesgo de
impago) que concurre en los clientes
residentes en un determinado país
por circunstancias distintas del riesgo
comercial habitual.
Anotações:
De acuerdo con la normativa española de las entidades de crédito
Se divide en:
Riesgo soberano
Riesgo de impago de la deuda
externa soberana.
Puede producirse por la falta de ingresos
públicos, por la carencia o insuficiencia de
divisas, o porque el gobierno carezca de
voluntad de pago por factores políticos de
diversa índole.
Riesgo de
transferencia
Que concurre cuando existe carencia o
insuficiencia de la divisa (o divisas) en que está denominada la
deuda externa; crisis de balanza de pagos, las devaluaciones
significativas de la paridad de la moneda que puedan generar
una situación de insolvencia, las guerras, revoluciones,
catástrofes naturales, expropiaciones y nacionalizaciones
dictadas por las autoridades extranjeras, y la falta de
cumplimiento de los compromisos y contratos, tanto por parte
del gobierno del país deudor como del acreedor.
Riesgo político
Sería el derivado
de acciones o
decisiones políticas
concreta
Riesgo de la IED
El riesgo de transferencia en el pago
de los dividendos y el producto de la
liquidación de las inversiones, el riesgo
de confiscación, expropiación y
nacionalización de las inversiones
extranjeras, el riesgo de
incumplimiento de los contratos y el
riesgo de guerras, violencia política y
catástrofes naturales.
Riesgo comercial
Riesgo de crédito se debe a
circunstancias ajenas a la situación de
solvencia o liquidez del deudor
privado.
Agentes involucrados
Deudores
Pueden ser soberanos de
carácter estatal o
paraestatal, o privados.
Acreedores
ENTIDADES
PRIVADAS
Bancos comerciales, bancos de
inversión, inversores institucionales y
hedge funds, aunque empresas e
individuos particulares también
participan directamente en el mercado.
ACREEDORES OFICIALES
BILATERALES
Son los estados o gobiernos de los
países, que otorgan bilateralmente
financiación de balanza de pagos y
financiación a la exportación a los
países emergentes y en desarrollo.
ACREEDORES OFICIALES
MULTILATERALES
Instituciones Financieras
Internacionales (IFIs), Entre estas
instituciones, se debe citar ante
todo al Fondo Monetario
Internacional (FMI).
OCDE
Promulgan las normas que
regulan los créditos a la
exportación con apoyo oficial,
realiza la clasificación en función
del grado de riesgo-país, de casi
todos los países del mundo
Departamentos de análisis de
riesgo-país de los bancos
internacionales, inversores
institucionales, compañías de seguros,
agencias de rating, otras agencias
calificadoras de riesgos y oficinas de
supervisión nacionales.