Rama judicial

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Jonathan Rozo
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Jonathan Rozo
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Resumo de Recurso

Rama judicial
  1. El poder público está compuesto por tres ramas: la rama legislativa, la rama judicial y la rama ejecutiva. La rama judicial es la encargada de administrar la justicia en Colombia; esta tarea es una función pública. Está compuesta por seis organismos: la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, la Corte Constitucional, el Consejo Superior de la Judicatura, las Jurisdicciones Especiales y la Fiscalía General de la Nación. Tanto los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia como los del Consejo de Estado serán nombrados según las listas que envía el Consejo Superior de la Judicatura
    1. Corte Suprema de Justicia Es el máximo tribunal de la justicia ordinaria y se compone de un número impar de magistrados que determina la ley. Las funciones de la Corte Suprema de Justicia son: -Actuar como tribunal de casación. -Juzgar al Presidente o a quien haga de sus veces, así como a los altos funcionarios. -Investigar y juzgar a los miembros del Congreso.
      1. Consejo de Estado El Consejo de Estado está compuesto por un número impar de magistrados, el cual es determinado por la ley. Los magistrados no pueden ser reelegidos. El Consejo de Estado tiene seis funciones generales: - Es el tribunal supremo de lo contencioso administrativo. - Debe conocer las acciones de nulidad por inconstitucionalidad de los decretos dictados por el Gobierno y que no corresponden la Corte Constitucional. - Es el cuerpo consultivo supremo del Gobierno en temas de administración.
    2. La Corte Constitucional: La Corte Constitucional está compuesta por un número impar de miembros, los cuales son escogidos por el Senado de la República para periodos de ocho años. Tampoco pueden ser reelegidos. La Corte Constitucional es la encargada de guardar la integridad y la supremacía de la Constitución. Entre sus funciones se encuentran: -Decide sobre las demandas de inconstitucionalidad que promuevan los ciudadanos y contra los actos reformatorios de la Constitución. -Decide con anterioridad al pronunciamiento popular, sobre la constitucionalidad de la convocatoria a un referendo o a una Asamblea Constituyente para reformar la Constitución. -Decide sobre la constitucionalidad de los referendos sobre leyes y de las consultas populares y plebiscitos del orden nacional.
      1. Consejo Superior de la Judicatura Está dividido en dos salas: la administrativa y la jurisdiccional disciplinaria. La primera está integrada por seis magistrados que son elegidos así: dos por la Corte Suprema de Justicia, uno por la Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado, para un período de ocho años. La segunda, está integrada por siete magistrados, que también son elegidos para un período de ocho años. Son elegidos por el Congreso Nacional de ternas. Los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura deben: - Administrar la carrera judicial. -Elaborar las listas de candidatos para la designar funcionarios judiciales. La jurisdicción penal militar es su excepción.
        1. Jurisdicciones Especiales: Se refiere a la autoridad de los pueblos indígenas porque ellos pueden ejecutar funciones jurisdiccionales dentro de sus territorios de acuerdo a sus propias normas, sin embargo, estas no pueden ser contrarias a la Constitución ni a las leyes de la República
          1. Fiscalía General de la Nación: La Fiscalía General de la Nación nació con la promulgación de la Carta Contitucional de 1991, pero comenzó a operar hasta el primero de julio de 1992. Tras un oficio o mediante denuncia o querella, debe investigar los delitos y acusar a los presuntos infractores ante los juzgados y tribunales competentes. Las funciones de la Fiscalía General de la Nación son: - Asegurar la comparecencia de los presuntos infractores de la ley penal, adoptando las medidas de aseguramiento. - Calificar y declarar precluidas las investigaciones realizadas. - Dirigir y coordinar las funciones de policía judicial.

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