LOS DELITOS SEXUALES Y OTROS FRENTE DE LA SUSTRACCIÓN DE MENORES
Descrição
Estamos ante una primera categoría de delitos sexuales, los cuales pueden cometerse contra un adulto y contra un menor de edad. El bien jurídico protegido, en la esfera adulta, resulta desde un inicio obvio desde que éste viene apuntado ya en su nombre. en el rubro de las tesis aisladas encontramos que el bien jurídico tutelado se cifra en el “pudor”, esto es, debe existir ánimo de ofender el pudor del sujeto pasivo.
LOS DELITOS SEXUALES Y OTROS FRENTE
DE LA SUSTRACCIÓN DE MENORES
ATENTADO CONTRA EL PUDOR
TIENDE A RESGUARDAR EL DERECHO A LA
LIBERTAD Y SEGURIDAD SEXUALES Y
TAMBIÉN EL INTERÉS SOCIAL DE IMPEDIR LA
CORRUPCIÓN PREMATURA DE IMPÚBERES
ESTUPRO
“PARECE CENTRARSE
EXCLUSIVAMENTE
EN LA LIBERTAD
SEXUAL” Y DE
FORMA ESPECÍFICA
DE LA “INDEMNIDAD
SEXUAL DE LA
VÍCTIMA”. EN
DEFINITIVA ATACA
LA “MORAL SOCIAL”,
“LA SEGURIDAD
SEXUAL”, LA
“HONESTIDAD
SEXUAL”, LA
“LIBERTAD SEXUAL”,
ASÍ COMO LA
“VOLUNTAD
SEXUAL” DE UNA
PERSONA DE CORTA
EDAD, A LA PAR QUE
“PROTEGE LA
INEXPERIENCIA
SEXUAL”.
PROSTITUCIÓN
INFANTIL
ELEMENTOS CARACTERÍSTICOS
LOS ELEMENTOS CARACTERÍSTICOS DE ESTA FIGURA SE
RESUMEN EN LOS SIGUIENTES PUNTOS: EN PRIMER
LUGAR HACE REFERENCIA A AQUELLA RELACIÓN SEXUAL
O ACTO ERÓTICO QUE IMPLIQUE ENTREGA CARNAL, CON
CARÁCTER PROFESIONAL O NO, RELATIVAMENTE
HABITUAL, CON ÁNIMO DE LUCRO, MEDIANDO
RETRIBUCIÓN EN DINERO O EN ESPECIE, UN LUCRO
TANGIBLE O FUTURO (MEDIANDO PROMESA), BIEN PARA
EL MENOR O PARA UNA TERCERA PERSONA ALLEGADA AL
MENOR, QUE PUEDE SER REALIZADA ENTRE UN HOMBRE
Y UNA MUJER O ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO.
CONDUCTA TÍPICA
SE CONECTA
NECESARIAMENTE CON LOS VERBOS
“PROMOVER” (INSTIGAR, INDUCIR,
DETERMINAR, IMPULSAR, LANZAR,
INICIAR), “FAVORECER” (ALLANAR
OBSTÁCULOS, TUTELAR, AMPARAR,
PROTEGER, PROPICIAR, ESTIMULAR O
FORMULAR) O “FACILITAR” (AUXILIAR,
AYUDAR, BRINDAR OPORTUNIDADES,
HACERLO MÁS ASEQUIBLE O AUNAR
VOLUNTADES)
VIOLACIÓN
AGRAVADA POR
RAZÓN DE LA
MINORÍA DE EDAD
LA CONDUCTA IMPLICA EL
ACCESO CARNAL CON UNA
PERSONA MENOR DE EDAD,
DE CUALQUIER SEXO,
MEDIANDO VIOLENCIA FÍSICA
O MORAL, POR LO QUE SE
CONVIERTE EN “EL DELITO
SEXUAL MÁS GRAVE, POR LA
MODALIDAD DE LA ACCIÓN,
CUYA NATURALEZA ELIMINA
LA VOLUNTAD DE LA VÍCTIMA,
VENCIENDO TODA
RESISTENCIA”.
CORRUPCIÓN
DE
MENORES
La noción implica la deformación “del sentido naturalmente
sano de la sexualidad, sea por lo prematuro de su evolución
(con respecto a la edad de la víctima), sea porque el pasivo
llega a aceptar como propia la conducta de depravación
sexual”
PORNOGRAFÍA
INFANTIL
ATENTA CONTRA EL
LIBRE DESARROLLO DE
LA PERSONALIDAD Y DE
LA SEXUALIDAD DE UN
MENOR; LA SEGURIDAD
SEXUAL Y PERSONAL DEL
MENOR, LA
INDEMNIDAD O
INTANGIBILIDAD
SEXUAL, LA CORRECTA
EDUCACIÓN SEXUAL,
CONTRA EL DERECHO A
NO SER DEGRADADO
SEXUALMENTE, LA
DIGNIDAD DEL MENOR,
ASÍ COMO CONTRA LA
PRIVACIDAD DE UNA
NECESARIA INTIMIDAD
TURISMO
SEXUAL
COMETE ESTE DELITO
EL QUE OFREZCA,
PROMUEVA, PUBLICITE,
INVITE, FACILITE O
GESTIONE, POR
CUALQUIER MEDIO, A
QUE UNA PERSONA
VIAJE AL INTERIOR O AL
EXTERIOR DEL DISTRITO
FEDERAL CON ESTE
PROPÓSITO.
LENOCINIO
ESTA CONDUCTA DELICTIVA CONSISTE, A
GROSSO MODO, EN EL ACTO DE MEDIAR, DE
SER INTERMEDIARIO, ENTRE DOS O MÁS
PERSONAS, CON EL OBJETIVO DE QUE UNA
DE ELLAS FACILITE SU CUERPO PARA
ACTIVIDADES LASCIVAS. ESTA CONDUCTA
DELICTIVA CONCURRE CUANDO SE
ADMINISTRE UN LUGAR EXPRESAMENTE
DESTINADO A EXPLOTAR LA PROSTITUCIÓN,
NO LA PRÁCTICA DE LA LIBERTAD SEXUAL, O
QUE SE OBTENGA CUALQUIER BENEFICIO DE
LOS PRODUCTOS DEL COMERCIO CARNAL
TRATA DE
PERSONAS
SE REFIERE A QUIENES SON MANTENIDAS EN TRABAJO FORZADO,
ESCLAVITUD O SERVIDUMBRE EN, ENTRE OTROS, FÁBRICAS,
FINCAS, BURDELES Y CASAS O LUGARES DESTINADAS A ESTOS
EFECTOS. OTROS TÉRMINOS QUE PUEDEN SER UTILIZADOS SON
“PERSONA SUJETO DE LA TRATA”, “PERSONA OBJETO DE LA TRATA”
O “VÍCTIMAS DE TRATA”
INCESTO
SUPONE LA UNIÓN CARNAL MANTENIDA
ENTRE ASCENDIENTES Y DESCENDIENTES,
POR ELLO ES IMPRESCINDIBLE LA
INTERVENCIÓN DE AL MENOS DOS
PERSONAS UNIDAS POR UNA RELACIÓN
PARENTAL
ABUSO
SEXUAL
COMETE EL ILÍCITO DE ABUSO
ERÓTICO-SEXUAL QUIEN SIN
CONSENTIMIENTO DE SU VÍCTIMA EJECUTE EN
ELLA UN ACTO DE ESA NATURALEZA O LA
HAGA EJECUTARLO SIN EL PROPÓ SITO DE
LLEGAR A LA CÓPULA. LA EXPRESIÓN ACTO
SEXUAL DEBE ENTENDERSE COMO CUALQUIER
ACCIÓN DOLOSA CON SENTIDO LASCIVO QUE
SE EJERZA EN EL SUJETO PASIVO, SIN SU
CONSENTIMIENTO.
HOSTIGAMIENTO/ACOSO
SEXUAL
ESTE RUBRO INCRIMINA A QUIEN “CON
FINES LASCIVOS ASEDIE
REITERADAMENTE A PERSONA DE
CUALQUIER SEXO, VALIÉNDOSE DE SU
POSICIÓN JERÁRQUICA DERIVADA DE
SUS RELACIONES LABORALES,
DOCENTES, DOMÉSTICAS O
CUALQUIER OTRA QUE IMPLIQUE
SUBORDINACIÓN”
RAPTO O PRIVACIÓN DE LA
LIBERTAD CON FINES SEXUALES
DICHA INFRACCIÓN NO PUEDE TENER VIDA JURÍDICA ENTRE PERSONAS
QUE CONVIVEN BAJO EL MISMO TECHO, DENTRO DEL RÉGIMEN
CONCUBINARIO, DADO QUE ESA SITUACIÓN ES INCOMPATIBLE CON
LOS ELEMENTOS APODERAMIENTO, SUSTRACCIÓN O RETENCIÓN, CON
LAS CARACTERÍSTICAS DE DESMEMBRAMIENTO DEL MEDIO ORDINARIO
DE VIDA, PARA HACER INGRESAR A LA OFENDIDA A OTRO
CONTROLADO POR EL RAPTOR, QUE INTEGRAN LA INFRACCIÓN,
PUESTO QUE NO PUEDE HABER APODERAMIENTO ILÍCITO DE LO QUE
YA SE TIENE
OTROS
— EXPOSICIÓN DE MENORES —
EXPLOTACIÓN LABORAL —
SUMINISTRO DE BEBIDAS
ALCOHÓLICAS A MENORES DE EDAD —
CAMBIO DE MENOR — INDUCCIÓN A
LA MENDICIDAD — CONTRA EL
DESARROLLO DE LAS PERSONAS
MENORES