Ingresos exentos artículo 93 LISR

Descrição

Mapa Mental sobre Ingresos exentos artículo 93 LISR, criado por MEIM OPERACIONES em 11-03-2021.
MEIM OPERACIONES
Mapa Mental por MEIM OPERACIONES, atualizado more than 1 year ago
MEIM OPERACIONES
Criado por MEIM OPERACIONES mais de 3 anos atrás
5
0

Resumo de Recurso

Ingresos exentos artículo 93 LISR
  1. Viáticos y gastos de viaje.
    1. Cuando sean efectivamente erogados en servicio del patrón y se compruebe con documentación de terceros que reúna los requisitos de deducibilidad.
    2. Cuota de seguridad social de los trabajadores pagada por los patrones
      1. Cuota de seguridad social que sea pagada por los patrones se considera exenta.
      2. Jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, pensiones vitalicias u otras formas de retiro.
        1. El monto diario que no exceda de 15 veces el valor de la UMA (1,344.30), incluso si se reciben 2 o más pensiones o jubilaciones.
          1. Para aplicar la exención sobre los conceptos a que se refiere la fracción anterior, se deberá considerar la totalidad de las pensiones y de los haberes de retiro pagados al trabajador a que se refiere la misma, independientemente de quien los pague.
          2. Seguros de vida cuya prima paga el patrón.
            1. Cuando la prima haya sido pagada directamente por el empleador en favor de sus trabajadores: Están exentas las cantidades que paguen las instituciones de seguros a los trabajadores o a sus beneficiarios, siempre que:
              1. a) Los beneficios de dichos seguros se entreguen sólo por muerte, invalidez, pérdidas orgánicas o incapacidad del asegurado para realizar un trabajo personal remunerado de conformidad a la Ley del Seguro Social, y
                1. b) En el caso de muerte, los beneficiarios de la póliza sean las personas relacionadas con el titular, cónyuge o concubina, ascendientes o descendientes en línea recta y se cumplan los demás requisitos establecidos en materia de previsión social.
            2. Los retiros efectuados de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de la cuenta individual abierta en los términos de la Ley del Seguro Social, por concepto de ayuda para gastos de matrimonio y por desempleo.
              1. Premios obtenidos con motivo de un concurso científico, artístico o literario, abierto al público en general o a determinado gremio o grupo de profesionales, así como los premios otorgados por la Federación para promover los valores cívicos.
                1. Las indemnizaciones por daños que no excedan al valor de mercado del bien de que se trate.
                  1. Hasta el equivalente de veinte salarios mínimos generales del área geográfica que corresponda al contribuyente elevados al año , por permitir a terceros la publicación de obras escritas de su creación en libros, periódicos o revistas, o bien, la reproducción en serie de grabaciones de obras musicales de su creación, siempre que los libros, periódicos o revistas, así como los bienes en los que se contengan las grabaciones, se destinen para su enajenación al público por la persona que efectúa los pagos por estos conceptos y siempre que el creador de la obra expida por dichos ingresos el comprobante fiscal respectivo.
                    1. Las remuneraciones por servicios personales subordinados que perciban los extranjeros
                      1. Los agentes diplomáticos.
                        1. Los agentes consulares, en el ejercicio de sus funciones, en los casos de reciprocidad.
                          1. Los empleados de embajadas, legaciones y consulados extranjeros, que sean nacionales de los países representados, siempre que exista reciprocidad.
                            1. Los miembros de delegaciones oficiales, en el caso de reciprocidad, cuando representen países extranjeros.
                              1. Los miembros de delegaciones científicas y humanitarias.
                                1. Los representantes, funcionarios y empleados de los organismos internacionales con sede u oficina en México, cuando así lo establezcan los tratados o convenios.
                                  1. Los técnicos extranjeros contratados por el Gobierno Federal, cuando así se prevea en los acuerdos concertados entre México y el país de que dependan.
                                  2. Pension alimenticia
                                    1. Los retiros efectuados de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de la cuenta individual abierta en los términos de la Ley del Seguro Social, por concepto de ayuda para gastos de matrimonio y por desempleo.
                                      1. Tiempo extraordinario
                                        1. De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores que perciban el salario mínimo se les eximirá el tiempo extra permitido, que son 3 horas diarias sin exceder de 9 a la semana.
                                          1. Para los demás trabajadores hasta 50% de las percepciones y sin que esta exención exceda 5 UMAS ( 448.10 ) por cada semana de servicios.
                                        2. Gratificaciones anual
                                          1. Exento el valor diario de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) elevada a 30 días. Equivalente a 2,688.60
                                          2. Pagos por retiro (incluye prima de antigüedad y liquidación)
                                            1. Estarán exentos hasta 90 veces el valor de la UMA ( 8,065.80) por cada año de servicio o de contribución en el caso de la subcuenta del seguro de retiro, de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez o de la cuenta individual del SAR.
                                            2. Seguro de gastos médicos mayores
                                              1. Siempre y cuando se trate de reembolso y se concedan de manera general, se considera exento.
                                              2. Fondo de ahorro
                                                1. Cuando sea establecido por las empresas y se otorgue de manera general. Además el monto aportado por el patrón debe ser igual al aportado por el trabajador y que la aportación del patrón no exceda de 13% del salario del empleado.
                                                2. Prima dominical
                                                  1. Se encuentra exenta hasta el equivalente a 15 UMAS (1,344.30) cuando dicha prestación se otorgue de manera general.
                                                  2. Participación de los trabajadores en las utilidades (PTU)
                                                    1. Se encuentra exenta cuando dicha prestación se otorgue de manera general, hasta por 15 UMAS. (1,344.30)
                                                    2. Enajenación de derechos parcelarios, de las parcelas sobre las que hubiera adoptado el dominio pleno o de los derechos comuneros
                                                      1. Siempre y cuando sea la primera trasmisión que se efectúe por los ejidatarios o comuneros y la misma se realice en los términos de la legislación de la materia.
                                                      2. La casa habitación del contribuyente, siempre que el monto de la contraprestación obtenida no exceda de setecientas mil unidades de inversión y la transmisión se formalice ante fedatario público.
                                                        1. La exención prevista en este inciso será aplicable siempre que durante los tres años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación de que se trate el contribuyente no hubiere enajenado otra casa habitación
                                                        2. Los que se reciban por herencia o legado.
                                                            1. Donativos
                                                              1. Entre cónyuges o los que perciban los descendientes de sus ascendientes en línea recta, cualquiera que sea su monto.
                                                                1. Los que perciban los ascendientes de sus descendientes en línea recta, siempre que los bienes recibidos no se enajenen o se donen por el ascendiente a otro descendiente en línea recta sin limitación de grado.
                                                                  1. Los demás donativos, siempre que el valor total de los recibidos en un año de calendario no exceda de tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.
                                                              2. Los intereses
                                                                1. Pagados por instituciones de crédito, siempre que los mismos provengan de cuentas de cheques, para el depósito de sueldos y salarios, pensiones o para haberes de retiro o depósitos de ahorro, cuyo saldo promedio diario de la inversión no exceda de 5 salarios mínimos generales del área geográfica del Distrito Federal, elevados al año.
                                                                  1. Pagados por sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y por las sociedades financieras populares, provenientes de inversiones cuyo saldo promedio diario no exceda de 5 salarios mínimos generales del área geográfica del Distrito Federal, elevados al año.

                                                                Semelhante

                                                                Novo Acordo Ortográfico - Uso do Hífen
                                                                Alessandra S.
                                                                Administração Geral e Pública - Receita Federal - Auditor Fiscal
                                                                Alessandra S.
                                                                Expressões em inglês #5
                                                                Eduardo .
                                                                Principais Fórmulas de Física
                                                                Luiz Fernando
                                                                Revisão de Sociologia 1a. série do Ensino Médio
                                                                e-pn-2007@hotmail.co
                                                                Contabilidade Geral
                                                                Leonardo Lisboa
                                                                Conceitos fundamentais da cinemática
                                                                annarios1313
                                                                Behaviorismo - Skinner
                                                                Suliane Makelry
                                                                A INTEGRAÇÃO DAS TDIC À PEDAGOGIA: UMA CONCEPÇÃO DE WEB CURRÍCULO
                                                                Malton Fuckner
                                                                Do DNA à proteína
                                                                Maria Eduarda Saladine