NORMA OFICIAL MEXICANA NOM127SSA11994, "SALUD AMBIENTAL, AGUA PARA USO Y CONSUMO HUMANOLIMITES PERMISIBLES DE CALIDAD Y TRATAMIENTOS A QUE DEBE SOMETERSE EL AGUA PARA SU POTABILIZACION".
Descrição
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM127SSA11994, "SALUD AMBIENTAL,
AGUA PARA USO Y CONSUMO HUMANO
NORMA OFICIAL MEXICANA
NOM127SSA11994, "SALUD AMBIENTAL,
AGUA PARA USO Y CONSUMO
HUMANOLIMITES PERMISIBLES DE
CALIDAD Y TRATAMIENTOS A QUE DEBE
SOMETERSE EL AGUA PARA SU
POTABILIZACION".
0. Introducción
El abastecimiento de agua para uso y consumo humano con calidad adecuada es fundamental para
prevenir y evitar la transmisión de enfermedades gastrointestinales y otras, para lo cual se requiere
establecer límites permisibles en cuanto a sus características bacteriológicas, físicas, organolépticas,
químicas y radiactivas. Con el fin de asegurar y preservar la calidad del agua en los sistemas, hasta la
entrega al consumidor, se debe someter a tratamientos de potabilización.
1. Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Oficial Mexicana establece los límites permisibles de calidad y los tratamientos de
potabilización del agua para uso y consumo humano, que deben cumplir los sistemas de
abastecimiento públicos y privados o cualquier persona física o moral que la distribuya, en todo el
territorio nacional.
2. Referencias
NOM008SCF11993 "Sistema General de Unidades de Medida".
3. Definiciones
3.1 Ablandamiento: Proceso de remoción de los iones calcio y magnesio, principales causantes de la
dureza del agua.
3.2 Adsorción: Remoción de iones y moléculas de una solución que presentan afinidad a un medio
sólido adecuado, de forma tal que son separadas de la solución.
3.3 Agua para uso y consumo humano: Aquella que no contiene contaminantes objetables, ya sean
químicos o agentes infecciosos y que no causa efectos nocivos al ser humano.
3.4 Características bacteriológicas: Son aquellas debidas a microorganismos nocivos a la salud
humana. Para efectos de control sanitario se determina el contenido de indicadores generales de
contaminación microbiológica, específicamente organismos coliformes totales y organismos
coliformes fecales.
3.5 Características físicas y organolépticas: Son aquellas que se detectan sensorialmente. Para
efectos de evaluación, el sabor y olor se ponderan por medio de los sentidos y el color y la turbiedad
se determinan por medio de métodos analíticos de laboratorio.
3.6 Características químicas: Son aquellas debidas a elementos o compuestos químicos, que como
resultado de investigación científica se ha comprobado que pueden causar efectos nocivos a la salud
humana.
3.7 Características radiactivas: Son aquellas resultantes de la presencia de elementos radiactivos.
3.8 Coagulación química: Adición de compuestos químicos al agua, para alterar el estado físico de
los sólidos disueltos, coloidales o suspendidos, a fin de facilitar su remoción por precipitación o
filtración.
3.9 Contingencia: Situación de cambio imprevisto en las características del agua por contaminación
externa, que ponga en riesgo la salud humana.
3.10 Desinfección: Destrucción de organismos patógenos por medio de la aplicación de productos
químicos o procesos físicos.
3.11 Filtración: Remoción de partículas suspendidas en el agua, haciéndola fluir a través de un
medio filtrante de porosidad adecuada.
3.12 Floculación: Aglomeración de partículas desestabilizadas en el proceso de coagulación química,
a través de medios mecánicos o hidráulicos
3.13 Intercambio iónico: Proceso de remoción de aniones o cationes específicos disueltos en
el agua, a través de su reemplazo por aniones o cationes provenientes de un medio de
intercambio, natural o sintético, con el que se pone en contacto.
3.14 Límite permisible: Concentración o contenido máximo o intervalo de valores de un
componente, que garantiza que el agua será agradable a los sentidos y no causará efectos nocivos a
la salud del consumidor.
3.15 Neutralización: Ajuste del pH, mediante la adición de agentes químicos básicos o ácidos al agua
en su caso, con la finalidad de evitar incrustación o corrosión de materiales que puedan afectar su
calidad
3.16 Osmosis inversa: Proceso esencialmente físico para remoción de iones y moléculas disueltos en
el agua, en el cual por medio de altas presiones se fuerza el paso de ella a través de una membrana
semipermeable de porosidad específica, reteniéndose en dicha membrana los iones y moléculas de
mayor tamaño.
3.17 Oxidación: Introducción de oxígeno en la molécula de ciertos compuestos para formar óxidos.
3.18 Potabilización: Conjunto de operaciones y procesos, físicos y/o químicos que se aplican al agua
a fin de mejorar su calidad y hacerla apta para uso y consumo humano.
3.19 Precipitación: Proceso físico que consiste en la separación de las partículas suspendidas
sedimentables del agua, por efecto gravitacional.
3.20 Sistema de abastecimiento: Conjunto intercomunicado o interconectado de fuentes, obras de
captación, plantas cloradoras, plantas potabilizadoras, tanques de almacenamiento y regulación,
cárcamos de bombeo, líneas de conducción y red de distribución.
4. Límites permisibles de calidad del agua
4.1 Límites permisibles de características bacteriológicas El contenido de organismos resultante del
examen de una muestra simple de agua, debe ajustarse a lo establecido en la Tabla 1. Bajo
situaciones de emergencia, las autoridades competentes deben establecer los agentes biológicos
nocivos a la salud a investigar.
Los resultados de los exámenes bacteriológicos se deben reportar en
unidades de NMP/100 ml (número más probable por 100 ml), si se utiliza la
técnica del número más probable o UFC/100 ml (unidades formadoras de
colonias por 100 ml), si se utiliza la técnica de filtración por membrana.
5. Tratamientos para la potabilización del agua
La potabilización del agua proveniente de una fuente en particular, debe fundamentarse en
estudios de calidad y pruebas de tratabilidad a nivel de laboratorio para asegurar su efectividad. Se
deben aplicar los tratamientos específicos siguientes o los que resulten de las pruebas de
tratabilidad, cuando los contaminantes biológicos, las características físicas y los constituyentes
químicos del agua enlistados a continuación, excedan los límites permisibles establecidos en el
apartado 4.
5.1 Contaminación biológica 5.1.1 Bacterias, helmintos, protozoarios y virus. Desinfección con cloro,
compuestos de cloro, ozono o luz ultravioleta. 5.2 Características físicas y organolépticas 5.2.1 Color,
olor, sabor y turbiedad. Coagulaciónfloculaciónprecipitaciónfiltración; cualquiera o la combinación
de ellos, adsorción en carbón activado u oxidación. 5.3 Constituyentes químicos 5.3.1 Arsénico.
Coagulaciónfloculaciónprecipitaciónfiltración; cualquiera o la combinación de ellos, intercambio
iónico u ósmosis inversa.
5.3.2 Aluminio, bario, cadmio, cianuros, cobre, cromo total y plomo. Intercambio iónico u ósmosis
inversa. 5.3.3 Cloruros. Intercambio iónico, ósmosis inversa o destilación. 5.3.4 Dureza.
Ablandamiento químico o intercambio iónico. 5.3.5 Fenoles o compuestos fenólicos. Adsorción en
carbón activado u oxidación con ozono. 5.3.6 Fierro y/o manganeso. Oxidaciónfiltración, intercambio
iónico u ósmosis inversa. 5.3.7 Fluoruros. Osmosis inversa o coagulación química. 5.3.8 Materia
orgánica. Oxidaciónfiltración o adsorción en carbón activado.
5.3.9 Mercurio. Proceso convencional: coagulaciónfloculaciónprecipitaciónfiltración, cuando la
fuente de abastecimiento contenga hasta 10 microgramos/l. Procesos especiales: en carbón activado
granular y ósmosis inversa cuando la fuente de abastecimiento contenga hasta 10 microgramos/l;
con carbón activado en polvo cuando la fuente de abastecimiento contenga más de 10
microgramos/l. 5.3.10 Nitratos y nitritos. Intercambio iónico o
coagulaciónfloculaciónsedimentaciónfiltración; cualquiera o la combinación de ellos. 5.3.11
Nitrógeno amoniacal. Coagulaciónfloculaciónsedimentaciónfiltración, desgasificación o desorción en
columna. 5.3.12 pH (potencial de hidrógeno). Neutralización. 5.3.13 Plaguicidas. Adsorción en carbón
activado granular. 5.3.14 Sodio. Intercambio iónico
5.3.15 Sólidos disueltos totales. Coagulaciónfloculaciónsedimentaciónfiltración y/o intercambio
iónico. 5.3.16 Sulfatos.Intercambio iónico u ósmosis inversa. 5.3.17 Sustancias activas al azul de
metileno. Adsorción en carbón activado. 5.3.18 Trihalometanos. Aireación u oxidación con ozono y
adsorción en carbón activado granular. 5.3.19 Zinc. Destilación o intercambio iónico. 5.3.20 En el caso
de contingencia, resultado de la presencia de sustancias especificadas o no especificadas en el
apartado 4, se deben coordinar con la autoridad sanitaria competente, las autoridades locales, la
Comisión Nacional del Agua, los responsables del abastecimiento y los particulares, instituciones
públicas o empresas privadas involucrados en la contingencia, para determinar las acciones que se
deben realizar con relación al abastecimiento de agua a la población.
7. Concordancia con normas internacionales
Al momento de la emisión de esta Norma no se encontró concordancia con normas internacionales.