DEFINICIÓN: ARTICULO 5 CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO; El trabajo
que regula este Código es toda actividad humana libre, ya sea material o
intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta
conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad,
siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo.
CONTRATO DE TRABAJO
DEFINICIÓN: ARTICULO
22 CÓDIGO SUSTANTIVO
DEL TRABAJO
ELEMENTOS ESENCIALES
DEL TRABAJO
PRESTACIÓN
PERSONAL
SALARIO
SUBORDINACIÓN
CONTRATO ESCRITO
ARTICULO 38 C.S.T
EL EMPLEADOR Y EL
TRABAJADOR DEBEN
PONERSE DE
ACUERDO EN
ÍNDOLE DEL TRABAJO
CUANTÍA Y
FORMA DE
REMUNERACIÓN
DURACIÓN DEL CONTRATO
CONTRATO VERBAL
ARTICULO 39 C.S.T
DEBE CONTENER NECESARIAMENTE
Identificación y
domicilio de las
partes
Naturaleza del trabajo
El lugar en donde se haya
contratado el trabajador
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.