Deben reportarse un máximo de 10 días posteriores al evento.
Acontencimiento no deseado que produce daño a personas propiedad o productividad.
Es improvisto y como consecuencia causa algún tipo de lesión o bien corporal o en el proceso funcional del cuerpo laboral, pudiendo incluso implicar la muerte de algún individuo.
Pueden incluirse en categorías de eventos calificados y no calificados:
Accidente en el lugar de trabajo o fuera de este.
Ocurre bajo las órdenes del empleador.
Durante pausas o interrupciones laborales como el almuerzo.
Actividades de gremio o sindicato.
Bajo efectos nocivos de drogas de diversa índole.
Accidente a causa de una riña, juego o suicidio.
INCIDENTE LABORAL
Acontecimiento no deseado que bajo circunstancias distintas podría concluir en lesiones física, daño a la propiedad o a la productividad laboral.
Representa un riesgo tanto físico como emocional.
Sucede en el curso del trabajo y resulta en la persona requiriendo no más que primeros auxilios.
ENFERMEDAD OCUPACIONAL
Son los resultados de los contactos repetitivos que superan las capacidades de tolerancia del cuerpo humano.
Patología médica, traumática crónica o quirúrgica provocada por factores físicos, ambientales, químicos o ambientales.
Es contraída a consecuencia del trabajo.
Factores: estado de salud, riesgos de uso de maquinaria, caracterísitcas individuales de cada empleado, medidads preventivas en el trabajo, diseño del área de trabajo.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.