El Derecho es el conjunto de normas que imponen
deberes y normas que confieren facultades, que
establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es
dotar a todos los miembros de la sociedad de los
mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y
justicia.
DERECHO NATURAL :es el conjunto de máximas fundamentadas en la
equidad, justicia y sentido común, que se imponen al legislador mismo y
nacen de las exigencias de la naturaleza biológica, racional y social del
hombre.
DERECHO POSITIVO: Reglas o normas
jurídicas en vigor, en un lugar y en
una época determinada
DERECHO SUBJETIVO: Conjunto de
facultades reconocidas a los individuos por
la ley, para realzar determinados actos en
satisfacción de sus propios intereses.
DERECHO PÚBLICO: Conjunto de normas
jurídicas que regulan las relaciones del
Estado, como ente soberano con los
ciudadanos y con otros Estados.
DERECHO PRIVADO: Conjunto de
disposiciones jurídicas que rigen la
relaciones de los particulares entre sí.
DERECHO OBJETIVO :Conjunto de normas que integran los
códigos y que, necesariamente se dirige a los valores u objetos
tutelados por la ley, en cuya salvaguardia se interesa le hombre.
Tal conjunto de normas imperativo– atributivas otorgan
facultades al mismo tiempo que imponen deberes correlativos,
pero siempre dentro de una esfera determinada.
Fuentes del Derecho
Fuentes del derecho Son aquellas contribuciones que
originan el sistema jurídico y de las cuales nacen las
normas jurídicas que regulan la vida de las personas.
Son diferentes dependiendo del sistema de derecho
ante el que nos encontremos. En el ámbito federal, el
proceso legislativo está previsto en los artículos 71 y
72 constitucionales y consta de seis etapas.
Sistema Normativo
El sistema normativo es aquel conjunto de normas que
tienen una relación directa entre sí Su función consiste
en establecer correlaciones deductivas entre reglas,
casos y soluciones, y esto quiere decir que, del conjunto
formado por el sistema norma
Proceso Legislativo
El proceso legislativo es el conjunto de actos y
procedimientos que se realizan para la formación de
leyes, reformar la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y los ordenamientos jurídicos
secundarios.
Iniciativa es el comienzo o primer momento del
proceso legislativo y consiste en la presentación de un
proyecto de ley o decreto, Discusión Una vez recibidas
las iniciativas, son turnadas a las Comisiones del H.
Congreso del Estado, en su carácter de órganos
colegiados integrados por diputados y diputadas Las
discusiones de los dictámenes y demás asuntos
inherentes a los mismos, se llevarán a cabo en los
términos del Reglamento Interior y Prácticas
Parlamentarias. Aprobación La Constitución Política
del Estado establece en el artículo 50, que para la
discusión y votación de todo proyecto de ley o decreto,
se requiere la presencia de más de la mitad del
número total de diputados que integren la Legislatura.