SALUD OCUPACIONAL Y SUS PRINCIPALES
EFECTOS EN EL SISTEMA COLOMBIANO
EVOLUCIÓN HISTORICA DE LA SALUD OCUPACIONAL
PREHISTORIA
El hombre primitivo aprende a sobrevivir, apesar de la
amenaza permanente del ambiente.
4.000 A.C. EGIPTO
Reglamentos especiales de trabajo en su
mayoria establecidos por Imohteph(Padre de
la medicina egipcia).
2.000 A.C. MESOPOTAMIA
CÓDIGO DE HAMMURABI: Hacia referencia a la
prevención de accidentes, indemnizaciones y
contratos de trabajo.
1.301 - 1.234 A.C.
EGIPTO
Primer antecedente histórico de
seguro médico, implementado por
Ramsés II.
470 A.C.
GRECIA
Tratado "Aires, aguas y lugares": Trataba
de los factores determinantes de la
enfermedad y la importancia del medio
ambiente.
Otro tratado, trataba sobre la metodología
para visitar los centros laborales,
identificar y dar a conocer los causales de
las enfermedades de los mineros.
SIGLO I ROMA
PLINIO: Recomienda el uso de
instrumentos destinados a la protección
personal, enuncio normas preventivas a
los trabajadores.
EDAD
MEDIA
En 1473 panfleto de Ulrich Ellenbaf señalando
algunas enfermedades profesionales, en 1567 se
pública la primera monografía dedicada a las
enfermedades de las ocupaciones atribuido a
Paracelso y en años posteriores Ramazzini evocó la
necesidad al higiene industrial.
EDAD
MODERNA
En 1802 surge la ley sobre la Salud y Moral de los
aprendices, que daría camino a las Leyes en las
fábricas inglesas en 1833 y estas se convirtieron
en las primeras leyes legislativas efectivas en el
área.
En 1841 se promulgó en Francia, una ley que
regulaba el trabajo de los niños y se prohibía
desempeñar el oficio a menores de 8 años.
La OIT fue creada en 1919, como parte del Tratado de
Versalles, reflejó para alcanzar una paz universal,
mejorar las condiciones del obrero y promover la
estabilidad económica y social.
COLOMBIA
En 1954 se fundó el Consejo Colombiano de
Seguridad Industrial.
Posteriormente entre 1979 y 1980 se expide el
"Código Sanitario Nacional" y el "Estatuto de
Seguridad e Higiene Industrial".
El 23 de febrero de 1983 se crea el
Comité de Salud Ocupacional.
RIESGOS
PROFESIONALES
TEORÍA
SUBJETIVA
El trabajador esta expuesto a
lesiones o enfermedades por
el solo hecho de ejercer el
oficio.
TEORÍA
OBJETIVA
El empleador es quien
responde por los perjuicios
ocasionados (riesgo creado
por el uso de objeto/cosa) al
trabajador.
Francia en 1882 trinufa la
tesis de F. Faure que
estableció en forma forma
definitiva la teoría.
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y
RIESGOS PROFESIONALES
SISTEMA DE SEGURIDAD
SOCIAL
SEGURO QUE COMPRENDE LA
SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
Comprende las pensiones de
invalidez,de vejez y de
sobrevivientes; se desarrolla en dos
regímenes: PRIMA MEDIA ,AHORRO
INDIVIDUAL
CONVENIENCIA DEL
REGIMEN PARA LOS
EMPLEADORES
Al ser una obligación legal,para
el empleador trae muchas
ventajas afiliar a sus empleados a
una ARL.
SISTEMA GENERAL DE
RIESGOS PROFESIONALES
Normas, instituciones y
procedimientos destinados a
proteger, prevenir y atender los
efectos de las enfermedades y los
accidentes laborales.
ACCIDENTE DE
TRABAJO
Actividades laborales y específicas que
se pueden presentar en el puesto de
trabajo y ponen en riesgo el estado de
salud del trabajador. Aquel que se
produce durante la ejecución de
ordenes del empleador .
EMPLEADORES
DERECHOS
-Asesoría técnica básica para
el diseño del programa de
salud ocupacional.
-Capacitaciones básicas para
la organización.
-Capacitaciones a los
miembros de salud
ocupacional. -Fomento de
estilos de trabajos y de vida
saludable.
DEBERES
-Reglamento
aprobado de
higiene y
seguridad
industrial.
-Comité paritario
de salud
ocupacional. -Si
la empresa tiene
menos de 10
trabajadores debe
tener vigía de
salud
-Reglamento del
trabajador
aprobado para la
empresa.
-Sistema
especiales de
vigilancia
epidemiológica.
TRABAJADORES
DERECHOS
Proceso de inducción y entrenamiento en
seguridad -Garantías de salud y seguridad
desde el principio. -El buen estado de las
herramientas o maquinas utilizadas por el
trabajador-elementos de protección
personal.
DEBERES
Procurar el cuidado integral de su
salud. - Información clara y veraz sobre el
estado de salud-cumplir las normas de
seguridad e higiene
ENTIDADES
ADMINISTRADORAS DE
RIESGOS
PROFESIONALES.
Son compañías aseguradoras de vida o empresas mutuales a
las cuales ha autorizado por parte de la superintendencia
bancaria,para la explotación del ramo de los seguros.-afiliar
trabajadores-administrar las cotizaciones hechas al sistema
general de riesgos-garantizar el reconocimiento de
prestaciones.-realizar actividades de prevención y promoción.
MINISTERIO DE LA
PROTECCIÓN SOCIAL EN
COLOMBIA
Organismo de dirección del estado en
materia de riesgos profesionales.para
poder implementar sus funciones,se
creo la dirección, técnica de riesgos
profesionales ,esta dependencia tiene
la responsabilidad de promover la
prevención de los riesgos profesionales
Decreto
1295 de 1994
SILICOSIS (POLVO DE SILICE)
SILICOANTRACOSIS
ENF. PRODUCIDAS POR EL VANADIO Y SUS COMPUESTOS.
ENF. PRODUCIDAS POR EL CADMIO Y SUS COMPUESTOS.
ENF. PRODUCIDAS POR RADIACIONES IONIZANTES.
ENF. PRODUCIDAS POR RADIACIONES INFLARROJAS.
PROGRAMA DE SALUD
OCUPACIONAL
CONTENIDOS DE LOS PROGRAMAS DE
SALUD OCUPACIONAL
Subprograma de medicina preventiva y de trabajo.
Subprograma de higiene y seguridad industrial.
MEDICIÓN
PREVENTIVA DEL
TRABAJO
Están orientadas hacia la prevención
y atención de posibles riesgos
laborales susceptibles de afectar la
salud de los trabajadores.
SUBPROGRAMA DE
HIGIENE Y
SEGURIDAD
INDUSTRIAL
Se orientan hacia la prevención desde el
punto de vista del lugar de
trabajo.(elaboración de estudios
ambientales periódicos para la
investigación y evaluación de los
factores de riesgos.
FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ
DE MEDICINA,HIGIENE Y
SEGURIDAD INDUSTRIAL
Funciones
del comité.
Proponer medidas y
actividades relacionadas
con la salud en el
trabajo,adopción de
medidas y de desarrollo de
actividades que procuren y
mantengan la salud en los
lugares de trabajo.
Elecciones de los
miembros del
comité.
Tienen que
inscribirse
previamente para
ser candidato, estas
son de elección libre
.
Comité paritario de
salud ocupacional
Es el que se encarga de la
promoción y vigilancia de las
normas de salud ocupacional y
del programa.la función propia
es apoyarlas acciones y
previsiones señaladas en el
programa de salud ocupacional
y proponer modificaciones.
CRÍTICA:
Fortalecer las
instituciones
estatales, para
que sean
eficientes y
castiguen
severamente
quien no cumple
la ley.