sus términos de distribución cumplen los criterios de
Estándar abierto
Disponibilidad;
Maximizar las opciones del usuario fina
Sin tasas sobre la implementación
Sin discriminación de implementador
Permiso de extensión o restricción
Evitar prácticas predatorias por fabricantes dominantes
Distribución libre
Inclusión del código fuente
La licencia no debe ser específica para
un producto determinado
La licencia debe ser
tecnológicamente neutral.
Permitir modificaciones
y trabajos derivados en
las mismas condiciones
que el software origina
Integridad del código fuente del autor
pudiendo requerir
que los trabajos
derivados tengan
distinto nombre o
versión
No discriminación a personas o grupos
Sin uso restringido a campo de actividad
Los derechos otorgados a un programa
serán válidos para todo el software
redistribuido sin imponer condiciones
complementarias
La licencia no debe poner
restricciones a otro
producto que se
distribuya junto con el
software licenciado
proporciona la libertad de Redistribuir copias
Ejecutar el programa, para
cualquier propósito
Estudiar el funcionamiento del
programa, y adaptarlo a sus
necesidades
Redistribuir copias
Mejorar el programa, y poner
sus mejoras a disposición del
público, para beneficio de toda
la comunidad
Software de dominio público
Software con copyleft
software libre cuyos términos de
distribución no permiten a los
redistribuidores agregar ninguna
restricción adicional cuando lo
redistribuyen o modifican, o sea, la
versión modificada debe ser también libre
Software semi libre:
aquél que no es libre, pero
viene con autorización de
usar, copiar, distribuir y
modificar para particulares
sin fines de lucro
Ejemplos, las primeras
versiones de Internet
Explorer de Microsoft, o
algunas versiones de
browsers de Netscape, y
StarOffice
Freeware:
se usa
comúnmente para
programas que
permiten la
redistribución pero
no la modificación
(y su código fuente
no está disponible)
Ejemplos: Internet
Explorer, Adobe
Flash Player,
Windows Live
Messenger
Shareware:
software con
autorización de
redistribuir
copias, pero debe
pagarse cargo por
licencia de uso
continuado
Software privativo
aquél cuyo uso,
redistribución o
modificación están
prohibidos o
necesitan una
autorización
Software comercial:
el desarrollado
por una empresa
que pretende
ganar dinero por
su uso
aquél que no está
protegido con
copyright
LICENCIA LGPL
Licencia Pública General Menor
LGPL es una licencia de software
libre que no tiene un copyleft
fuerte, porque permite que el
software se enlace con módulos
no libres.
LGPL permite que
los desarrolladores
utilicen programas
bajo la GPL o LGPL
sin estar obligados a
someter el
programa final bajo
dichas licencias
LICENCIA BSD
Licencia de Distribución de
Software de Berkeley
Esta licencia permite el
uso del código fuente en
software no libre, con lo
que es muy similar a la
LGPL. La diferencia
consiste en que en la
licencia BSD no es
obligatorio mencionar a los
autores ni proporcionar el
código fuente.
LICENCIA MPL
es una licencia de código abierto y
sofware libre utilizada por el
navegador de Internet Mozilla y sus
productos derivados
esta licencia es ampliamente
utilizada por desarrolladores y
programadores que quieren
liberar su código
Licencia Pública de Mozilla
LICENCIA NPL
Licencia Pública de Netscape
Netscape podrá utilizar este código
fuente sin importar si el desarrollador lo
estableció de tipo privativo. En
contrapartida, la licencia NPL no permite
al desarrollador hacer uso del código
fuente Netscape.
NPL está basada en la
Licencia Pública de Mozilla
Software Propietario
El Software propietario es aquel cuya copia,
redistribución o modificación están, en alguna
medida, prohibidos por su propietario. Para usar,
copiar o redistribuir, se debe solicitar permiso al
propietario o pagar.
Software Comercial
El Software comercial es el software
desarrollado por una empresa con el
objetivo de lucrar con su utilización.
Nótese que "comercial" y "propietario"
no son lo mismo. La mayor parte del
software comercial es propietario,
pero existe software libre que es
comercial, y existe software no-libre
que no es comercial.
Licencia
Apache
Es una descendiente de la
licencia BSD. Permite al
desarrollador hacer lo que
desee con el código fuent,
incluso productos
propietarios, sin entregar
el código fuente. La única
restricción es que se
reconozcas el trabajo del
desarrollador
Licencia
de JAVA
Es una licencia particular con
características muy
especiales dirigidas a la
protección del lenguaje de
programación JAVA de SUN
Microsystems. Pone énfasis
en evitar que aparezcan
extensiones incompatibles
con el lenguaje JAVA
Licencia
CDDL
Licencia de
Distribución y
Desarrollo
Común
a licencia CDDL está basada en
la MPL, y por tanto es muy
similar en sus términos a la
LGPL, permitiendo compartir el
código utilizado por el programa
con otros de diferente
procedencia y guardarse para el
autor la libertad de publicar o
no los resultados.
Licencia
Creative
Commons
Es una licencia de reciente
creación, dirigida básicamente
para trabajos multimedia. No
permite la alteración del
producto original, ni tampoco su
comercialización. Sólo permite su
reproducción tal cual,
mencionando al autor
Licencia de
Guile
Basada en la licencia
GPL más una
declaración especial que
permite enlazar con
software no libre. Por
tanto, no tiene un
copyleft fuerte, pero es
compatible con la GPL
LICENCIA GPL
fue creada para
mantener la libertad
del software y evitar
que alguien quisiera
apropiarse de la
autoría intelectual de
un determinado
programa
La licencia advierte que el
software debe ser gratuito y
que el paquete final,
también debe ser gratuito,
asegurándose siempre de
mantener los nombres y
créditos de los autores
originales.
Licencia Pública General
OTRAS LICENCIAS DE
SOFTWARE PERMISIVAS
COMPATIBLES CON GPL
X11 / MIT
Expat / MI
Copyright ML Estándar de New Jersey
General de Cryptix
ZLib
Biblioteca de Funciones Estándar de iMatix
Software del W3C
OpenLDAP
Pitón
Perl
Zope
Código Abierto de Intel
Javascript de Netscape
eCos
Forum Eiffel
Vim
problemas jurídicos
PIRATERIA
Uso ilegal de software
cualquiera que copie o utilice
ilegalmente un programa de
computador, podrá ser
demandado civil o penalmente.
La Ley 44 de 1993 especifica
penas entre dos y cinco años de
cárce
Se considera delito el uso o
reproducción de un programa de
computador de manera diferente a
como está estipulado en la licencia
Lo que significa que quien sea
encontrado usando, distribuyendo o
copiando software sin licencia deberá
estar en la cárcel hasta por un período
de 5 años
FORMAS DE PIRATERÍA
usuario final
la forma más común de la
piratería, el usuario final o la
organización copian el
software en más equipos de
los que el acuerdo de la
licencia permite (por defecto
cada máquina que utiliza el
software debe tener su propia
licencia)
carga de disco duro
los distribuidores de equipos
informáticos cargan
previamente software sin
licencia en los equipos y no
suministran a sus clientes las
licencias necesarias
Piratería de
falsificación y de
CD-ROM
los vendedores
ilegales, que con
frecuencia se organizan
en redes delictivas,
transmiten software
falso como si fuera
auténtico, intentando
emular el embalaje del
producto con el nombre
de la empresa y las
marcas comerciales
propietarias
Piratería por Internet
se trata de cualquier
tipo de piratería que
implique la distribución
electrónica no
autorizada o la
descarga desde Internet
de programas de
software con copyright
La piratería de software es un delito
consistente en la copia reproducción
total o parcial de un programa
informático por cualquiera de los
medios hoy existentes, como la
Internet, CD ROM y discos
magnéticos con el fin de distribuirlos
al publico sin autorización ni licencia
del titular del derecho, escapando al
control legal y a la competencia legal.