Surge de un pacto por cuyo medio las partes admiten acudir a la
opinión de un tercero, pero esta opinión no es vinculatoria ni
obligada para los contendientes y por ello sólo podrá procurar
avenirlos, es decir, hacerlos que lleguen a un pacto de transacción a
un desentimiento o a un allanamiento y lo que le da fuerza a la
opinión de este tercero es la propia voluntad de las artes para
acatarla.
ARBITRAJE
Es la solución del litigio mediante un procedimiento
seguido ante un juez no profesional ni estatal, sino
ante un juez de carácter privado que es el árbitro.
Este árbitro estudiará el asunto y dará su opinión,
dará la solución del conflicto y se le denomina laudo.
PROCESO
El proceso jurisdiccional, que es el conjunto de actos
desenvueltos por el órgano estatal jurisdiccional, por las
partes interesadas y por los terceros ajenos a la relación
sustancial, actos todos que están proyectados y que
convergen en el acto de aplicación estatal de una ley
general al caso concreto, para dimitirlo o para
solucionarlo, es decir, el acto por el cual se sentencia.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.